Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PODERES HACIA OSREY, POR CRISTOBAL GIRONELLA E HIJOS.


Ante mi el escribano y testigos baxo nombraderos compareció D. Josep Gironella en su nombre social de Christobal Gironella e Hijos del comercio de esta ciudad de Barcelona en España, el qual de su espontanea voluntad a constituido por sus procuradores generales y especiales la una calidad no derogue la otra a saber a los Señores Osrey & Cia. de Hamburgo ausentes de este acto a los quales en su dicho nombre a dado poder y facultad paraqué por el y en su nombre puedan transigir y convenir con qualesquiera personas y baxo los pactos y condiciones que jugaran convenientes qualesquiera procesos y diferencias comprometer, nombrar árbitros, expertos y una tercera persona si se diera el caso. Saldar qualesquiera cuentas y recibir su resultado, y dar de ello qualesquier saldos y cartas de pago hacer qualesquiera abandonos y cesiones, aun hasta perdida de capital e interes, asistir a qualsequiera juntas de acreedores, consentir a sus resoluciones o protestarlas, afirmar baxo juramento los créditos del corupte sinceros y verdaderos y por todo lo arriba dicho circunstancia, y dependencias, otorgar y firmar qualesquier escritura de transacción y convenio baxo los pactos y condiciones que juzgaren necesarias con juramento y otras clausulas que la naturaleza de los contratos exigirá.
Otor si: Puedan pedir y de quien corresponderá qualesquiera cantidades de diner, créditos, efectos, necesarios, vales, letras de cambio, y otras cosas debidas, y que se deberán al executor en su dicho nombre por qualesquier motivo o causa, y de lo sobrado dar carta de pago recibos y demás escrituras, valedera, con subrogación de derechos en caso de retardo o denegación de pago por parte de los deudores de tentores o que haya contestaciones, competentes ante qualesquier juezes competentes, escribir, producir elixie domicilio, pleitear, oponer, afirmar en qualesquier tribunales de qualesquier daños, y gastos, constitucio y substitución en todo o en parte de las partes qualesquiera abogado, y procuradores así en causa como por todo lo concerniente a lo arriba dicho. Revocar y nombrar otros, seguir el todo hasta juzgado y sentencias definitiva y su extracción, embargar, detener, desembargar y hacer pasar a la venta todo lo embargado y peteneciente al referido compra en su dicho nombre social también con facultad de substituir la parte en todo o en parte a uno o mas procuradores revocar los substitutos y nombrar otros en su lugar, y generalmente hacer todo lo que elexpresado competente en su derecho nombre haría si estuviese presente, prometiendo estar a juicio, pagar lo juzgado y sentenciado y haver por agradable todo lo que por dichos constituidos y sus substitutos será hecho y practicado. Sin contravenirlo baxo pena de interes y obligación de todo el bien del referido compareciente en su dicho nombre, y relevar a los constituidos y los substitutos de todos cargos de poder la presente valedera hasta revocación expresa no obstante de ser echa de algun tiempo. Así hecho y otorgado en esta ciudad de Barcelona a los dos días del mes de Diciembre del año del Nacimiento del Señor mil ochocientos y cinco. Y el dicho compareciente (conocido del escribano infro) lo firmó. Siendo presentes por etstigos Mateio Lugan y Francisco Pages escribientes residentes en esta ciudad.
Joseph Gironella, Ante Ramon Matheu y por muerte de este en virtud de permiso a mi concedido Joseph Ubach su con-notario.