Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE PROTESTO DE CAMBIABLE CONTRA FLAQUER, POR CRISTOBAL GIRONELLA & HIJO, 2ª. |
En la ciudad de Barcelona a los diez días de Febrero de mil ochocientos diez y seis Josef Ballescá con comisión uy odren de los Señores Gironella e Hijo de este comercio, constituydo personalmente junto conmigo el infro escribano en las casas de la propia habitación de los Señores Flaquer e Hijo asi mismo de este comercio, y a fin de cobrar de dichos Señores el importe de las letras baxo insertas., les presentó las que siguen.= Palma quince de Enero de mil ochocientos diez y seis son pesos mil ochocientos. A veinte y cinco días de la fecha se servirá Vm. mandar pagar por esta primera de cambio a la orden de Don Miguel Sabater un mil ochocientos duros plata con exclusión de todo papel moneda en oro o plata valor recibido de contado del mismo que asentará Vm. en cuenta según aviso de Barttro Como Valentin Forteza. A D. Joseph Valls y Brias Barcelona en caso necesario a Don Mariano Flaquer e Hijo.= Paguese a la orden de los Señores Canut & Mugerol valor recibido de contado Palma y Enero diez y ocho de mil ochocientos diez y seis.= Miguel Sabater.= páguese a la orden de los Señores C. Gironella e Hijo valor en cuenta. Palma ut supra.= Canus y Muguerol.= Palma quince Enero de mil ochocientos diez y seis. Son pesos mil ochocientos. A veinte y cinco días de fecha se servirá Vm. mandar pagar por esta segunda de cambio no siéndolo la primera, la la orden de D. Miguel Sabater un mil ochocientos duros plata con exclusión de todo papel moneda en oro, o plata valor recibido de contado del mismo que asentará Vm. en cuenta, según aviso de.= Bartolomé Valentin Fertesa, Don Joseph Valls y Forsiá. Barcelona en caso necesario a Don Mariano Flaquer e Hijo.= páguese a la orden de los Señores Canut y Mougnerot, valor recibido de contado. Palma diez y ocho Enero de mil ochocientos diez y seis.= Miguel Sabater.= Páguese a la orden de los Señores Gironella e Hijo, valor en cuenta. Palma ut retro.= Canut, y Magnerot.= Y vistas dichas letras por los expresados Señoressz Flaguer dixeron que dexaban de pagarlas por falta de aviso, y fondos por lo que el nombrado Ballescá protestó contra dichos Señores, contra del librador, y contra quien tenga derecho, de todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, recambios y demás que por falta de pago se seguirán, y podrán seguir a sus principales. De todo lo que requirió a mi el infro escribano formase la presente publica escritura y que de ella a el, y demas que convenga entregase copia autentica. Lo que fue hecho en Brcelona en la fecha ya citada. Y dicho requirente, conocido del infro escribano, lo firmó. Siendo testigos José Serrahima, y Francisco Huguet en esta ciudad residentes.
Ante mi F. Ballescá, Ante mi Antonio Ubach y Claris notario.