Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PODERES HACIA POCH Y LLOBET, POR XURIACH, BRUGUERA Y JOSÉ MILÁ DE LA ROCA.


Sepase por esta publica escritura de poder. Como Francisco Bruguera y Buenaventura Xuriach ambos galoneros vezinos de Barcelona, y Joseph Milá de la Roca comerciante vecino de la misma ciudad, espontaneamente nombrar por sus apoderados ciertos y especialis y de cada uno de ellos de por si para las infras cosas generales assi que la especialidad no derogue al a generalidad, ni por al contario a Leon Polch notario real y causidico y a Estevan Llobet escrivientes ambos en Barzelona residentes, y al otro de ellos insolidum, aunque ausentes, para que en nombre de dihos constituyentes, y del otro de ellos puedan parecer y parezcan en todos y qualesquier tribunales, assí ecclesiasticos como seglares, y en ellos inhiciar prosseuir, y terminar todos y qualesquier pleytos, y causas activas y passivas, principales y de apellacion, movidas y para mover largamente, con el acostumbrado curso de dichos pleytos, y causas, facultad exrpessa de jurar de calumnia, prestar cauciones juratorias y fiadoras, exponer reclamos instar execuciones, embargos hacer, y aquellos cancellar y hazer lo demas que aserca los dichos pleytos y causas, y su amplissimo curso se requiera según estilo de los mismos tribunales donde se seguiran sin limitación alguna, y no menos con la expressa de substituhir el presente poder en uno dos, o mas procuradores, a quel y estos revocar, y otros en su lugar poner y nombrar cada y quando cada uno de dichos apoderados por mejor tiviere, prometiendo estar a derecho y pagar lo juzgado, como y hacer por bien hecho todo lo que por dichos apoderados el otro de ellos y sus forsan substitutos fuere obrado, y no revocarlo en tiempo alguno bajo la obligación de todos sus bienes y del otro de ellos de por si muebles, y sitios havidos, y por haver, con renuncia de derechos necessarias. En cuyo testimonio otorga la presente escritura en la ciudad de Barzelona a los diez y ocho dias del mes de Agosto del año del Nacimiento del Señor de mil setecientos ochenta y sinco siendo presentes por testigos Antonio Freixes comerciante, y Antonio Abad Fernandez y Costa escriviente ambos en Barcelona residentes para dicho fin llamados, y los dichos constituyentes, conocidos de mi el ifnro escrivano, lo firmaron de su mano.
Francisco Bruguera, Buenaventura Xuriach, Jospe Milá de la Roca, Ante mi Geronimo Cavallol y Gras notario.