Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PROTESTO DE CAMBIABLE CONTRA PONTE, POR MILÁ DE LA ROCA & Cia.


En la ciudad de Barcelona a los veinte y cinco dias de Enero de mil ochocientos diez y siete José Marzola y Prats con comisión y odren e los Señores Milá de la Roca & Cia. De este comercio constituido personalmente junto conmigo el infro escrivano en las casas de la propia habitación de los Señores Ponte, Sobrino & Cia. Asi mismo de este comercio a fin que dichos Señores pagasen el importe de las letras abajo insertas, les presentó la letra de cambio que son como siguen.= Cette ving six Novembre dix huit cent seise. B.P pistolles mille. A soixante jours de date payex par cette premiere de change al'ordre de Messieur H. Sauras & Cie. La somme de mille piastres fortes, valeur en compte que passerez suivant l'avis de.= Bon pour mille piastres fortes.= Martinents Ainé & Avanzini.= A Messieur Messieur Fs. Ponte Neveu & Cie. Barcelonne.= payez al'ordre de Messieur Joaquin Pou valeur reçue. Marseille douze Decembre dix huit cent seise.= P.P de H. Seures & Cie. P. Louran.= Payez al'ordre de Messieur Antoine Milá de la Roca & Cie. Valeur en compte. Marseille le douze Desembre dix huit cent seise.= Joaquin Pou,= Cette ving six Novembre dix huit cent seise B.P.. PF. Cing cents. A soixante jours de date payez par cette premiere de change al'ordre de Messieur H. Sayras & Cie. La somme de cing cents piastres fortes valeur en compte que passerex suivant l'avis de.= B.P cing cents piastres fortes.= Martenenc Ainé & Avanniri.= A Messieur Messieur Fs. Ponte Neveu & Cie. Barcelone.= Payez al'ordre de Messieur Joaquin Pou valeur reçue. Marseille douze Desembre dix huit cent seise. P.P de H. Sairas & Cie. P. Lairan.= Payez al'ordre de Messieur Antonie Milá de la Roca & Cie. Valeur en compte. Marseille douze Desembre dixuit cent seise.= Joaquin Pou.= Y vistas dichas letras pro los expresados Señores Ponte, digeron, que no las pagaban por no haber cobrado los fondos que los libradores les habian asignado pero será probable que puedan hacerlo al reciibo de la respuesta de Cette a las cartas, se han escrito de esta el veinte y dos del corriente. Por lo que el nombrado Marzola protestó contra dichos Señores, contra del librador, y contra quien tengad erecho de todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, recambios demas que por falta de pago se seguiran, y pueden seguirse a sus principales. Inmediatamente el expresado Marzola pasó a casa de los Señores Grassot, asi mismo de este comercio por ver si dichos Señores querian intervenir en dichas letras, a cuyo fin se las presentó y habiendolas examinado dixeron, que mediante el antecedente protesto y con las salvedades que en derecho les correspondan par ala reclamación de quien haya lugar, las pagarian, como en efecto las pagaron por honor de la firma del Señor Jayme Ponts otro de sus endozantes, confesando el expresado Marzola, haber recibido su iumporte en dinero metalico y sonante a todas sus voluntades, por lo que renunciando a la excepción de la cosa no ser así, leyes de la entrega y demas de su favor, no solo les firmó la correspondiente carta de pago, si que también en nombre de sus principales, sin empero garantia alguna de parte de esta, les cedió todos los derechos que les competian para la reclamación antes de serles la presente, satisfecha. De todo lo que requirió a mi el infro escrivano formase la presente publica escritura y que de ella a el, y demas que convenga entregase copia autentica. Lo que fué hecho en dicha ciudad de Barcelona en la fecha ya citada. Y dicho requirente, conocido del infro escrivano, lo firma siendo presentes por testigos José Soler y Francisco Huguet en esta ciudad residentes.
José Marzola y Prats, Ante mi Antonio Ubach y Claris notario.