Saga Bacardí
03826
ESCRITURA DE PODERES HACIA SABATER EN TARRAGONA, POR JOSÉ MILÁ DE LA ROCA.


En la ciudad de Barcelona a diez de Agosto de mil ochocientos veinte y cinco. Ante mi el notario infro, y testigos nombraderos D. José Milá de la Roca comerciante residente en esta ciudad, espontaneamente otorga y conoce que da todo su poder cumplido, libre, general y bastante qual de deecho se requiere y es menester a D. Rafael Sabater vecino de la ciudad de Tarragona a este acto ausente paraque por el otorgante, en representación de su persona, voz, accion y derecho pueda comparecer en qualesquiera tribunales superiores, e inferiores, jueces, justicias, y magistrados que convenga, y ante los mismos iniciar, proseguir y finalizar qualesquiera pleitos y causas activas, y pasivas, principales y de apelación movidas, y por mover largamente, con el acostumbrado curso de pleitos, facultad de jurar de calumnia, dedisorio, y supletorio, prestar cauciones juratorias, y fidejusorias, esponer reclamos, hacer requirimentos, y protestas, instar execuciones, embargos, y desembargos, oir autos y sentencias, apelar y supliar de las mismas renunciar estos remedios, pedir costas, tasaciones, y despachos, y practicar todo lo demas que acerca de dichos pleitos se requiera según estilo de los tribunales en donde vertieren sin limitación alguna, con facultad de substituir, revocar los substitutos, nombrar otros, prometiendo estar a juicio, pagar lo juzgado, y tener por firme y valido cuanto por dicho apoderado y sus substitutos fuere hecho y executado para lo que el otorgante obliga todos sus bienes con todas renuncias necesarias. En cuio testimonio (conocido de mi el notario infro) lo firma siendo testigos D. Joaquin Roquer practicante de notaria y D. Feroguin Blanco en esta ciudad residentes.
José Milá de la Roca, Ante mi Francisco Roquer y Simón notario.