Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PROTESTO DE CAMBIABLE DE VIDAL, CONTRA C. GIRONELLA E HIJOS.


En la ciudad de Barcelona a tres de Octubre de mil vuit cents vint Domingo Vidal constituido personalmente junto conmigo el infro escribano en las casas de la propia habitación de los Señores D. C. Gironella e Hijos, todos de este comercio a fin de cobrar de estos el importe de la letra baxo inserta, en mi presencia les presentó la de cambio del tenor siguiente.= Almeria diez y ocho de Agosto de mil ochocientos veinte y ocho. Por pesos fuertes ocho cientos efectivos.= A la vista se servirán Vms. pagar por esta primera de cambio a la orden de los Señores Seoldevilla y Zabala ocho cientos pesos fuertes en oro, o plata, valor en cuenta con dichos Señores que sentarán Vms. en la nuestra seguna viso de .= Vilches Caban & Cia.= A los Señores Gironella e Hijos, Barcelona.= Paguese a la orden de la Señora Viuda de Batez, valor en cuenta con dicha Señora. Granada Setiembre diez y siete de mil ochocientos veinte y ocho.= Soldevilla y Zavala.= Páguese a la orden de los Señores Sansalvador y Vidal valor recibido de dichos Señores. Madrid veinte y siete Setiembre de mil ochocientos veinte y ocho.= Por poder de Ciudad de Balez. Desgracias de Torres.= Paguese a la orden de D. Domingo Vidal valor en cuenta. Madrid veinte y siete de Setiembre de mil ochocientos veinte y ocho.= Sansalvador y Vidal.= Y vista dicha letra por los expuestos Señores D. C. Gironella e Hijos, dixeron: Que dexaban de pagarla por los motivos que saben los libradores, por la correspondencia. Por lo que el mencionado Domingo Vidal protestó contra dichos Señores, contra los libradores, endozantes y demás que tenga derecho de todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, recambios y demás que por falta de pago de dicha letra se le seguirán, y podrán seguir. Inmediatamente los mismos Señores D. C. Gironella e Hijos dixeron: Que mediante el antecedente protesto, y con las salvedades de derecho, la pagarían como en efecto la pagaron por honor de la firma de la Señora Viuda de Balez, otra de sus endozantes, confesando el mismo D. Domingo Vidal haber recibido de dichos Gironella el importe de dicha letra en dinero de contado, metalico, y sonante a todas sus voluntades. Por lo que renunciando a la excepción de la cosa no ser así, y demás de su favor, no solo les firma del importe de dicha letra con el presente apocha, si que también sin evicción, no responsabilidad de su parte, cede a favor de los mismos todos sus derechos y acciones, para la reclamación de su importe de quien corresponda. De todo lo que requirió a mi el escribano firmase la presente, que conocido de mi firma, siendo testigos Ramon de Yebra y Jayme Pineda en la misma residentes.
Domingo Vidal, Ante mi Antonio Ubach y Claris notario.