Saga Bacardí
04061
ESCRITURA DE PROTESTO DE CAMBIABLE CONTRA CEBRON, POR C. GIRONELLA E HIJOS.


En la ciudad de Barcelona a los ocho dias del mes de Abril año mil ochocientos veinte y ocho Antonio Vila con comisión y orden de los Señores C. Gironella e Hijos de este comercio a fin de hacer acetar la letra del tenor siguiente.= Chemille le trente un Janvier mil huit cent ving huit.= Bon pour J. Deux mille trois cents cinquante huit.= Un Avril prochain payex par cette premiere de change a l'ordre de Messieur Jmy Cesbron & Cie. La somme de deux mille trois cents cinquanta huit francs en effectif valeur stipule dans le premiere endos docte de paris, que passerez suivant l'avis de.= Bon pour deux mille trois cents cinquanta huit francs en effectif valeur stipulee dams la premiere endos date de Paris P. Pon. Cesbson Fils Freres.= B. Ceston.= A Messiurs Vt. Bordalonga & Fils, a Barcelone.= payez a l'ordre de Messieur Ador Bernes Dascier valeur reçue comptant au change de quatorze francs quatre vingt quinze centimes par pistolle paris quatre janvier mille huit cent vingt et un Gmys. Cesbron.= Payez a l'ordre de Messieur Ramus et Zavina valeur en ompte. Paris sept Febrier mil huit cents vingt huit.= Ador Bernes et Dascier.= Paguese a la orden de los Señores D. C. Gironella e Hijos valor en cuenta. Cádiz veinte y cinco marzo de mil ochocientos veinte y ocho.= Thomas Ravina. Pasó junto conmigo el escrivano, respeto de no hallarse el domicilio de los librados, en la plaza de Palacio donde concurren los comercios de esta, y pregunto a varios si sabian el domicilio de los librados, eo bien si querian acetar la antecedente legra por honor de alguna firma a todo lo que contextaron que no, a excepción de los Señores que dixeron que en la ciudad de Valencia estaban en la creencia que habia una casa de comercio que corria bajo la razon de Bordalonga e Hijos. Inmediatamente pasó junto conmigo el escrivano en la casa del principal de comercio de esta donde llamó tres veces a los librados y no respondieron, por lo que protestó contra quien haya lugar en derecho de todo daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, recambios y demas que por falta de acetación se seguiran y podran seguir a sus principales. Inmediatamente el mismo Antonio Vila dixo; Que sus principales mediante el protesto y con las salvedades de derecho se la pagarian a su vencimiento por honor de la firma de los Señores Ador Bernes y Dascier otros de sus endozantes, cuyo importe no solo firmo a favor de los mismos sus principales con el presente apocha, si que también les reservaba todas las acciones de derecho para la reclamación del importe de la letra de quien corresponde. De todo lo que requirió a mi el escrivano formase la presente, que conocido de mi firma, siendo testigos Jayme Pineda y Ramon de Iebra en la misma resitentes.
Antonio Vila, Ante mi Antonio Ubach y Claris notario.