Saga Bacardí
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ESCRITURA DE VENTA DE CONDUCTO DE AGUA VENDIDO A GUARRO, ACTUANDO Mª VIRINIA DODERO MONTOBBIO
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En nombre de Dios, Amen. Por cuanto, en el año mil ochocientos veinte y siete, los Sres. D. Rafael Maria de Durán y de Ponsich, Da. Maria Gironella y Dodero, en nombre y como apoderada general que afirma ser de D. Antonio de Gironella, su esposo, D. Antonio Artós, D. Juan Nadal y D. Isidro Masaguer, vecinos de Barcelona vivientes en el dia; y los difuntos D.
Ignacio Regés, D. Isidro Camps, Da. Rosa Modolell de la misma vecindad, fueron compradores de nueve plumas de agua perenne que sacaron del epositod e la fuente de Santa Maria del Mar, y acordaron diferentes basses, no solo para pagar el corte de la condución y demás, sino tambien por los gastos que pudieren haber en lo sucesivo; pero respeto que este acuerdo fue unicamente de palabra y deseando ahora los nombrados Sres. Durán, Gironella. Artós, Nadal, y Masaguer, sino tambien a Antonio Salvador, como a propietario de el agua y casa que fue de dicho D. Ignacio Regés, D. Antonio Gallissá de el agua y casa que le corresponde, como a sucediendo a D. Isidro Camps su tio. Los tutores y curadores de los hijos menores de Da. Teresa Modolell y Torres, sucessores que son estos de la prenombrada Da. Rosa Modolell su abuela; queriendo que ciando se estipuló y convino de palabra conste en devida forma; han venido a elevarlo a escritura pública en el modo que sigue.
Primeramente: se declaran mutuamente los espresados interesados que en el citado año de mil ochocientos veinte siete satisfacieron al Arquitecto Director de la obra D. José Mas y Vila por medio del Sor. D. Antonio de Gironella, y mediante el dinero que jabian puesto en poder de este ultimo las cantidades que detalla la cuenta original de dicho D. José Mas, que se deja insertada en el protocolo del infro escribano y bajo las proporciones que en la misma se mencionan.
Segundo: Que en el pago que se cita en el capitulo que precede, estaban comprendidas las cien libras catalanas que se satisfacieron al Sor. D. Rafael Maria de Durán y de Ponsich en indemnisación de haberse obligado, como lo ha cumplido, de tener el repartidor del agua en su casa.
Tercio: Que cualesquier gasto que hubiese en lo sucessivo, deberá repartirse entre los mismos interesados bajo la proporcion con que han satisfecho la cuenta del mencionado D. José Mas y Vila,d e la cual se hace merito en el primer capitulo.
Cuarto: respeto que quedaron tres conductos de plomo en el repartidor para beneficiar a fabor de los interesados, se previene que siempre que se vendan deberá dividirse su importe, insigiendo la misma proporción con que se pagó el gasto, conforme refiere la cuenta de que hable el articulo primero.
Quinto: El comprador de uno o mas de los tres conductos indicados, estará obligado en indemnizar al Sor. D. Rafael Maria de Duran y de Ponsich, o a sus sucessores, por la cantidad que estimen oportuna, conforme lo previene el prenombrado D. José Mas, en la cuenta de que habla tambien el articulo primero.
Sexto: Atendido que en el dia de hoy D. José Guarro y Calvet vecino y del comercio de esta ciudad, ha comprado uno de los tres conductos que menciona el capitulo cuarto, admitiendolo asi por otro de los interesados en la plumeria y conducsion de dicha agua; sino que tambien declaran haberles este satisfecho doscientas cuarenta y cuatro libras, quince sueldos y tres dineros, las cuales se han repartido en esta forma.
Al Sr. D. Rafael Maria de Duran por los conductos
y coste de los repartidores, satisfizo...........................244L 15S 3D le tocan 29L 17S
Al Sr. D. Antonio de Gironella por id. Id..............244L 15S 3D 29L 17S
A D. Antonio Artós por id id.......................244L 15S 3D 29L 17S
A D. Juan Nadal por id id........................244L 15S 3D 29L 17S
A D. Antonio Salvador antes Reger por id id..........244L 15S 3D 29L 17S
A D. Antonio Gallissá, como a sucessor
de D. Isidro Camps por id id..............................244L 15S 3D 29L 17S
A D. Isidro Masaguer pagó por id id por
tener dos plumas de agua........................................244L 15S 3D 54L 9S 8D
A los tutores y curadores de Da. Rosa Modolell,
pagó esta unicamente des del repartidor de Santa
Maria , hasta la casa de la citada Sora. Modolell,
sita en la calle de los Cambios.................................91L 13S id 11L 3S 7D

2006L 18S 2D 244L 15S 3D

De cuyas doscienta cuarnta y cuatro libras quince sueldos tres dineros le otorgan la conducente carta de pago, que confiesan haber recibido de dicho Sr. Guarro, en dinero de contado, ante el notario escribano subscrito y de los testigos que se diran con el pacto expreso que el mismo Sr. Guarro, en dinero de contado, ante el notario escribano subscrito, y de los testigos que se dirán, con el pacto expreso que el mismo Sr. Guarro no podrá hacer uso del dicho conducto que le queda vendido, hasta que se añade al repartidor de la fuente de Santa Maria del Mar, la pluma de agua que está para comprar; quedando a mas obligado a cumplir por su parte lo que se estipula en la presente escritura tanto en pro, como en contra. Lo que aceta el proprio D. José Guarro y Calvet.
Septimo: y finalmente, el dicho Sr. D. Rafael Maria de Duran, declara haber recivido del citado D. José Guarro, a mas de la partida arriba referida, diez y seis libras trece sueldos y cuatro dineros en indemnisacion de tener el repartidor en dicha su casa de que igualmente le otorga carta de pago.
Por tanto las dichas partes, loando y aprobando todo cuanto queda espresado, prometen la una a la otra tenerlo por valido y permanente, sin contravenirlo ni revocarlo en tiempo ni por motivo alguno, bajo obligación de todos sus correspectives bienes, con las renuncias de leyes y derechos de su fabor. En cuyo testimonio, conocidos del infro escribano, asi lo otorgan y firman en la ciudad de Barcelona, a veinte y seis dias del mes de Abril del año del Nacimiento del Señor de mil ochocientos treinta y nueve. Siendo presentes por testigos D. Francisco Suaña y Castellet y D. Joaquin Riera estudientes de notaria, en esta ciudad habitantes.
Rafael de Duran, Antonio Artós, Maria Gironella, Isidro Masaguer, Antonio Gallissa, Juan Nadal, Antonio Salvadó, Valentin Torres Amat curador de Modolell, José Modolell curador de Modolell, José Guarro y Calbet, Ante mi Jaime Rigalt y Estrada notario escribano.