Saga Bacardí
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ESCRITURA DE LAUDEMIO POR VENTA ENTRE LOS NADAL, HACIA ANTONIO DE GIRONELLA Y AYGUALS.


Da. Maria Virginia Gironella y Dodero, vecina de la presente ciudad de Barcelona en calidad de apoderada entre otras cosas para las infrascritas, legítimamente constituida y ordenada por su Señor esposo D. Antonio de Gironella, residente en Montpellier Reyno de Francia de cuyos poderes consta con escritura que pasó por ante el infro notario autorizante en el dia diez y siete de Junio de mil ochocientos cuarenta. En dicho nombre, espontáneamente firma por razón de dominio en cuanto al interés de su principal la venta perpetua otorgada por Antonio Nadal y Espalter, a favor de D. Juan Nadal y Ferreter ambos comerciantes y vecinos de esta dicha ciudad, de dos séptimas partes de dos distintas casas que comprenden, a saber, la primera, una puerta exterior y una tienda con su sotano y las habitaciones construidas sobre el segundo piso en razón a que los cuartos primero y segundo están unidos a la otra casa que luego se dirá, sita en la calle de la Librería y la otra séptima parte de toda aquella casa con tres portales exteriores dos en la plaza del Borne, y la otra en la citada calle de la Vidrieria de esta ciudad, cuyas dos casas se tienen por D. Antonio de Gironella consorte y principal de la Señora otorgante sucediendo a Alejos y José Noguera bajo su dominio mediano a la prestación de dos distintos censos, a saber, por razón de la casa designada en primer lugar uno de cincuenta y cinco libras moneda catalana de pensión todos los años pagadero por mitad en los días cinco de Mayo y cinco de Setiembre, y por la continuada en segundo lugar otro censo de doscientas sesenta libras de la misma moneda anuales, también pagaderas en dos plazos el uno en veinte y siete de Julio, y el otro en igual dia del mes de Enero, conforme mas largamente se espresa y dichas casas vendidas mas estensamente designadas en la escritura de la citada venta que pasó por ante D. Joaquin Odena notario publico colegiado de numero de esta ciudad en el dia veinte y cuatro de Octubre del presente año. Los censos, laudemios y demás derechos dominicales a dicho principal su Señora otorgante debidas siempre salvos, declarando recibir del mencionado comprador por el laudemio correspondiente a este traspaso veinte y seis libras cinco sueldos a sus voluntades, hecha gracia de su mayor importe. Por cuyo testimonio así lo otorga y firma (conocida del infro notario) en la ciudad de Barcelona a veinte y uno de Diciembre del año mil ochocientos cuarenta y nueve. Presentes por testigos José Gabelly y D. Pedro Francisco de Baly de esta vecindad.
Maria Virginia de Gironella, En poder de mi Juan Prats y por su imposibilidad su connotario Luis Gonzaga Pallós notario.