Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE RECONOCIMIENTO DEL CAPITAL PUESTO POR CADA UNO EN LA MERCANTIL MILÁ & FERNÁNDEZ, ENTRE IVO Y FRANCISCO MILÁ DE LA ROCA. |
En la ciudad de Barcelona diez y seis de Setiembre de mil ochocientos cincuenta y seis. Sepase: Que ante el infro notario autorizante y testigos nombraderos comparecieron D. Francisco y D. Ivo Milá de la Roca hermanos, naturales y vecinos de esta ciudad y dijeron: Que con el nombre social de D. Ivo Milá de la Roca & Cia plantearon un establecimiento para la fabricación de espositus alcoholicos en el sitio llamado huerto de Jesus contiguo a la alameda de Gracia en el cual invirtieron la cantidad de doce mil duros, siendo la mayor parte de este capital del nombrado D. Ivo: Que agotado dicho capital sin haber obtenido poner en estado de esplñotación la fabrica, se han asociado a este fin a los Señores Fernandez Hermanos según es de ver en la escritura publica que firmaron a tres del mes de Agosto propio pasado ante el notario autorizante, en a cual o sea en la sociedad formada se fija y reconoce únicamente en la cantidad de ocho mil doscientos duros el capital invertido en dicho establecimiento por los otorgantes en dicho nombre social. Y qiie siendo para el uso de su respectivo derecho que conste la parte que pertenece a cada uno de ellos en dicho capital reconocido a su favor en dicha sociedad, espontáneamente los Señores otrogantes declaran, confiesan y reconocen recíprocamente que bajo la proporción de la parte que cada uno de ellos contribuyo al fondo social pertenecen y corresponden de los espresados ocho mil doscientos duros a D. Ivo cinco mil doscientos duros y a D. Francisco los tres mil duros restantes. Y sin que por la presente declaración se entienda que dejan de formar una sola parte en la sociedad de que se ha hecho merito, para los usos de sus respectivo derecho quieren que conste el capital e interés que cada uno de ellos tiene en dicha sociedad y que en proporción del mismo perciben tanto la parte de utilidades, como de capital en cualquiera de los casos estipulados en la calendada escritura de sociedad. Prometen tener la presente declaración por firme y valida, no recovarla en tiempo ni por motivo alguno bajo la obligación de sus respectivos bienes y derechos, muebles y sitios, presentes y futuros. Y conocidos del infro notario lo firman siendo testigos D. José Ignacio Güell y D. Camilo Calvet pasantes de escribano, vecinos de esta ciudad.
Ivo Milá de la Roca, Francisco Milá de la Roca, Ante mi Pablo de Milá de la Roca notario.