Saga Bacardí
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ESCRITURA DE LAUDEMIO POR VENTA ENTRE CAMPANYÁ Y VILARDÉS HACIA LOS HERMANOS DE GIRONELLA Y DODERO.


En la ciudad de Barcelona a veinte y tres de Enero del año mil ochocientos sesenta y dos. D. José de Manjarrés y Bofarull, abogado, natural y ecino de esta ciudad, en la calidad de apoderado que para las infrascritas y otras cosas se halla ser, legítimamente constituido y ordenado por D. Eladio de Gironella vecino de Madrid, D. Ernesto de Gironella que lo es de Paris, y hoy residente en esta de Barcelona, Da. Adelayda de Gironella de Manjarrés, consorte del Señor otorgante, Da. Justina Gironella de Luna, viuda de D. Jacinto de Luna, vecina de esta ciudad y Da. Avelina Gironella de Coissard, consorte de D. Felipe Poissard, vecina de Monpeller, naturales dichos cinco hermanos de la presente ciudad, excepto D. Ernesto que lo es del pueblo de San Vicente de Sarriá, según consta de los poderes que en la calidad de coherederos de su difunto común padre D. Antonio de Gironella otorgaron a favor del Señor firmante, a saber, los cuatro primeros con escritura que pasó por ante el infrascrito notario D. Luis Gonzaga Pallós en el dia seis de Diciembre del año mil ochocientos cincuenta y cinco, y la ultima con escritura, ante D. Luis Maria Francisco Javier Bonfils, su colega notario de la referida ciudad de Monpeller en el dia diez y siete de Enero del año mil ochocientos cincuenta y seis, de cuyos poderes se ha presentado testimonio, de su traducción escrito en papel del Real sello de Ilustre y librado por D. Pedro José Ortembach, traductor real de lenguas de los tribunales de esta ciudad, en el dia veinte y tres de Enero del referido año mil ochocientos cincuenta y seis, que de haberlo visto y leído y de haberse devuelto al Señor otorgante dá fe el infrascrito notario autorizante.En dicha calidad espontáneamente otorga carta de pago a favor de los consortes Pablo Campanya y Viñals y Maria Sauró, naturales y vecinos del pueblo de San Vicente de Sarriá, de la cantidad de trescientos reales vellón que de presente y en efectivo recibe de los indicados consortes Pablo Campanyá y Viñals y Maria Sauró, por manos de tercera persona en presencia del notario y testigos infrascritos. Cuya cantidad sirve a los principales del Señor otorgante por la mitad del laudemio que (hecha gracia de la otra mitad) les corresponde por razón de la venta perpetua otorgada por Paula Viladés, natural y vecina de dicho pueblo de Sarriá, a favor de los precitados consortes Campanyá y Sauró, de una pieza de tierra plantada de viña, de cabida cinco cuartas poco mas o menos, con todas las cepas y demás en ella plantado, sita en el termino del referido pueblo de Sarriá y lugar llamado "Lo Figueral". La que se tiene por los principales del Señor firmante en la precitada calidad de herederos de su difunto Señor padre D. Antonio de Gironella y bajo su dominio mediano al censo de ciento veinte reales vellón anualmente pagaredo en el dia o fiesta de todos los Santos, según mas por escensi se esplica en la escritura de dicha venta, que pasó por ante D. Francisco Maspons y Lloregueras notario publico de esta ciudad en diez y siete de Diciembre del año procsimo pasado. Salvos los censos, laudemios y demás derechos dominicales a los principales del otorgante tal vez deidos y no satisfechos. En cuyo testimonio así lo otorga y firm a (conocido del infro notario) siendo presentes por testigos D. Pablo Pallós y D. Miguel Vilarrubla de esta vecindad.
José de Manjarrés y Bofarull, En poder de D. Luis Gonzaga Pallos mi con-notario y por su ausencia ante mi José Janer de Alvarez notario.