Saga Bacardí
04379
ESCRITURA DE PODERES HACIA DE AMAR, POR PONTE Y VILLAVECCHIA.


Sepase por esta publica escritura como yo D. Francisco Ponte vezino y del comercio de esta ciudad en el nombre social de Ponte y Villavecchia. De mi espontanea voluntat otorgo, y doy todo mi poder cumplido, libre, general y bastante qual de derecho se requiere y es necesario a D. Joseph de Amar de la Torre causídico vezino de esta ciudad, ausente como si fuese presente paraqué por mi, en dicho nombre, mi persona, acción, y derecho representando pueda comparecer, y comparesca ante qualesquier audiencias, curias, y tribunales ecclesiasticos y seglares, y en donde convenga, y allí mover y intentar seguir, y terminar qualesquier pleytos, y causas civles y criminales, activas, y pacivas, principale,s y apelatorias, movidas, y movederas largamente, con el acostumbrado curso de pleytos, y cesion. Facultad expresa de jurar de calimnia, prestar cauciones juratorias, y fiadoras, exponer clamos, y reclamos, instar execuciones, hazer embargos, y cancelarlos, presentar requerimientos, y responder a otros, practicar todo lo demás que acerca dichas causas, y su amplísimo curso se requiera, según estilo de los mismos tribunales sin limitación alguna, y con facultad de sustituir este poder, y revocar los substitutos siemre, y quando le pareciere. Y generalmente, haga, y execute todo quanto yo haría personalmente. Prometiendo estar a juicio, pagar lo juzgado y sentenciado, y tener por firme, y valedero todo lo que por dicho mi apoderado, y sus subtitutos, será practicado, y de no revocarlo en tiempo alguno, bajo obligación de todos los bienes de dicha mi sociedad, muebles, raíces presentes y venideros con todas renuncias de derecho necesarias. En cuyo testimonio otorgo la presente escritura en esta ciudad de Barcelona a los veinte y ocho días del mes de Julio del año del Nacimiento del Señor mil setecientos noventa. Siendo presentes por testigos Pablo Ferreter y Francisco Lamarca escribientes en esta ciudad residentes. Y dicho Señor otorgante (conocido del infro escribano) lo firmó de su propria mano.
Francisco Ponte en dicho nombre, Ante Ramon Matheu y Smandia y pos su ocupación con intervención de Joseph Ubach su con-notario.