Saga Bacardí
04401
ESCRITURA DE PROTESTO DE CAMBIABLE CONTRA KORB, POR PONTE & VILLAVECCHIA.


En la ciudad de Barcelona a los trece dias del mes de Julio del año mil setecientos noventa y tres Francisco Pagan otro de los dependientes de los Señores Ponte & Villavecchia vecinos y del comercio de esta ciudad, con comisión y orden de dichos Señores constituido personalmente en las casas de la propia habitacion de Bruno Artós, que se hallan sitas detrás del Real Palacio, en donde habitava el Señor Korb teniente del Regimiento de Suizos de Reding, a fin de que este acetase la letra baxo inserta, por su ausencia presentó a dicho Artós la segunda letra de cambio que es del tenor siguiente.= Schuveritz le cinq Juin mil sept cent quatre vingt treize, pou livres quatre mille cent vingt neuf, recesols filori blanco; ou leur juste valeur.= A huit jours de vue, vou plaira paser par cette seconde de change (la premiere en les tant) a l'ordre de Messieurs Lambruschini Braig & Cie. Quatre mille cent vint neuf liures et treze sols juori blanco, ou les juste valeur valeur en compte, que vous passerez suivant l'avis de.= Charles Dominique Füz Land & Cie.= a Monssieur Mr. Korb, Tenant du Regiment Suisse de Reding, a Barcelone.= En case dabcence chez Monssieur Olivel.= Paiez a l'ordre de Monsieur Villavecchia, Biaggino & Cie. Valeur changee. Génes le vingt deux Juin mil sept cents quatre vingt treize.= Lambruschini, Braig & Cie.= Et payez noi all'ordre S.P. Delli Signori Ponte & Villavecchia, valuta in conto, Génova tu supra.= Villavecchia, Biaggini & Cia.= Y vista dicha letra por el nombrado Artós, dixo que dicho Señor Korb hace algun tiempo que partió de su casa, y al partirse le dixo que se iba al Campamento y no ha sabido otra cosa de el, y por consiguiente no puede aceptar la expresada letra. Y dicho Pagan protestó contra el referido Sr. Pagán tirador de la indicada letra, endozantes, y demas que tengan derecho de todos daños, gastos, perjuicios, intereses cambios, recambios y demas que por falta de aceptacion de dicha letra se seguiran, y pùeden seguir a los nombrados Señores Ponte & Villavecchia. Y requirió a mi el infro escrivano que de lo arriba dicho formase la presente publica escritura, y que de ella a el, y demas que convenga entregase copia autentica, lo que fué hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes, y año arriba notados, siendo presentes por testigosd Pedro Gil comerciante, y Joseph García invalido ambos residentes en esta ciudad.
En la misma ciudad de Barcelona, y en los dia, mes, y año arriba notados el expressado Francisco Pagan, en fuerza de dicha comissión constituido personalmente en los estudios del despacho del infro escribano, que se hallan en la calle den Jaupí, junto con D. Genonimo Oliver vecino y del comercio de la presente ciudad, a fin de que este aceptase la insertada letra, se la presentó, quien despues de haberla visto, y leido, dixo, que no queria aceptarla por no haberse realiado todavia los efectos, que le dexó dicho Señor Karb, antes de partirse a campaña. Por lo que el propio Pagán protestó contra el dicho Oliver, y demas que tenga derecho, de todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, recambios y demas que por falta de acetación de la misma letra se seguiran, y pueden seguir a los referidos Señores Ponte & Villavecchia, y requirió a mi el escrivnao, que de lo arriba dicho formase la presente publica escritura, y que de ella a el, y demas que convenga entregase la presente publica escritura, y que de ella a el, y demas que convenga entregase copia autentica. Lo que fué hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Y dicho requirente (conocido del notario infro) lo firmó. Siendo presentes por testigos Joseph Borés y Francisco Foreny escribientes en esta ciudad residentes.
Francisco Pagan, Ante Joseph Ubach.