Saga Bacardí
04410
ESCRITURA DE PROTESTO DE CAMBIABLE DE HUGAS, CONTRA PONTE & VILLAVECCHIA.


En la ciudad de Barcelona a los quatro dias del mes de Diciembre del año mil setecientos noventa y tres. Francisco Hugas otro de los dependientes de los Señores Armengol, Gener e Hijos, vecinos y del comercio de esta ciudad portadores de la infra letra, con comision y orden de dichos Señores, constituido personalmente en las casas de la propia habitacion de los Señores Ponte & Villavecchia, también vezinos y del comercio de la presente ciudad, que se hallan sitas en la calle de Basea, a fin que estes acetasen las letras baxo insertas, les presentó las dos primeras letras de cambio, que son del tenor siguiente.= Livorno a venti Novembre mille settecento novanta tre.= Per colon mill e die cento venti.= A uso pagate per questa prima di cambio al'ordine S.P. Del Signore de Luchie, possati in Genova, colonari mille due cento venti valuta intesa e ponete come vo s¡avissa. Addio.= Gio Mare Cambiaso difunto G. Batista.= A Signor Ponte & Villavecchia, in Barcellona.= Livorno a venti Novembre mille settecento novanta tre.= Per Colonari mille due cento dieci sette e un quarto.= A uso pagate per questa prima di cambio al'ordine S.P. Del Signor de Luchie passato.= In Genova colonari mille due cento diexisette e un quarto valuta intesa, e ponete como vi s'avvisa. Addio.= Gio Mre Combiaso difunto Gio. Batista.= A Signori Ponte & Villavecchia.= In Barcellona.= Y vistas y leidas dichas letras por los nombrados Señores Ponte & Villavechia, dizxeron. Que no querian acetarlas por los motivos que esciviran al dador de ellas. Y el nombrado Hugas protetó contra dichos Señores Ponte & Villavecchia, tirador de las indicadas letras y demas que tengan derecho, de todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, recambios y demas que por falta de acetación de dicha letra se seguiran y pueden seguir a dichos Señores Armengol, Gener & Hijos. Y requirió a mi el escrivano, que de lo arriba dicho formase la presente publica escritura, y que de ella a el y demas que convenga, entregase copia autentica. Lo que fué hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Y dicho requirente (conocido del infro notario) lo firmó. Siendo presentes opr testigos Francisco Pagan y Francisco Bessa ambos vecinos y del comercio de esta ciudad.
Francisco Hugas, Ante Joseph Ubach.