Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PROTESTO DE CAMBIABLE CONTRA CASANOVAS, POR VILLAVECCHIA & MORRO.2


En la ciudad de Barcelona a los veinte y un días del mes de Julio del año mil setecientos noventa y quatro. Juan Bautista Chiapori otro de los dependientes de los Señores Villavecchia & Morro, vecinos, y del comercio de esta ciudad, con comisión y orden de dichos Señores, constituido personalmente en las casa de la propia habitación de D. Ramon Casanovas, comerciante, residente en esta ciudad, que las tiene sitas en la Plaza de la Veronica, a fin de cobrar de este el importe de la letra de cambio, que es del tenor siguiente.= Genove le dix May mil sept cents quatre vingt catorze.= Pour piastres cing cent plata vielle.= A soixante dix jours de date pauez pour cette premiere de change a l'ordre de Monsieur Abm. Amalru la somme de cing cent piastres platte vielle, valeur receive, que passerez, suivant l'avis de.= Jean En---.= A Monsieur Monsieurs, Don Ramon Casanovas carrero de los Escudellers, Barcelone.= Au vesoin chez Mensieur Joseph Molins & Cie. R.F. & Cie.= Payez a l'ordre de Monsieur Etienne Bertrand valeur recue. Geneve le diz May mil sept cents catre veint catorze.= Abrm. Amatries.= Payez a l'rdre de Messieur Ricard, Freres & Cie. Valeur en comte.= Geneve le dix May mil sept cents catre vingt catorze.= Etienne Bertrand.= E poi noi all'ordine S.P. delli Signori Luigi Villavecchia & Cia. valuta cambiata.= genova dieci sette Maggio mille settecento noranta quatro.= Ricard freres & Cie.= E poi all'ordine S.P. delli Signori Villavecchia & Morro. Valuta contici.= Genova diecinove sudetto.= Luigi Villavecchia & Cia.= Y vostas dicha letra por el nombrado Casanovas, dixo: Que no quere pagarla por los motivos comunicados al librador de ella. Y el referido Chiapori protestó contra dichos Casanovas, librador de dicha letra, endosantes y demás que tenga derecho de todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, recambios, y demás que por falta de pago de dicha letra se seguirna, y pueden seguir a dichos Señores Villavecchia & Morro.
Seguidamente el propio Juan Bautista Chiapori, en fuerza de dicha comisión y para el mismo fin de cobrar el importe de la referida letra, constituhido personalmente en las casas de la propia habitación de los Señores D. Joseph Molins & Cia. que las tienen sitas en la calle de la Merced, les presentó la referida letra quienes despues de haberla visto, y leído, dixeron. Que mediante el protesto que antecede la pagarán por honor de la firma de los Señores Ricard, Freres & Cia. otro de los endosantes, con reserva emperó de los derechos que les correspondan para reclamar dicho importe, junto con los gastos, perjuicios, y demás que les competa de los mismos Señores Ricard, Freres & Cia. del dador de dicha letra de los demás endosantes, y de quien havia lugar en derecho, como en efecto la pagaron en dinero de contado,r ealmente, y de hecho en presencia del escribano y testigos nombraderos, les otorgó con el presente la correspondiente carta de pago con cesión de los derechos correspoidnentes a sus principales. De todo lo que dicho Chiapori requirió a mi el escribano tomase la presente publica escritura, y que de ella a el, y demás que convenga entregase copia authentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Y dicho requirente (conocido del infro escribano) lo firmó. Siendo presentes por testigos Alerto Guardia y Juan Badia, comerciantes, residentes en esta ciudad.
Givan Chiapori, Ante Joseph Ubach.