Saga Bacardí
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ESCRITURA DE TESTAMENTO DE IGNACIO VILLAVECCHIA Y FERRERI.


En nombre de la Santisima Trinidad, padre, hijo, Espirutu Santo, en cuio misterio creo, y en cuia creencia quiero vivir, y morir. Yo D. Ignacio Villavecchia Consul General por la Repulica de Ragusa en esta ciudad de Barcelona y sus dependencias, hijo legitimo y natural de D. Pedro Villavecchia vecino de la ciudad de Genova, y de Da. Maria Madalena Villavecchia y Ferreri consortes difuntos, hallándome por la gracia de Dios en buena salud, sano acuerdo, y memoria, hago este mi testamento, y ultima voluntad, con el qual nombro por mi único albacea a Francisco Pagan vezino y del comercio de esta ciudad, al qual doy facultad, de cumplir este mi testamento, conforme lo hallara dispuesto.
Primeramente: Quiero que todos mis deudos sean pagados, encomiendo mi alma a Dios que la creo, y el cuerpo a la tierra. Eligiendo para su entierro mi propio vaso construido al pie del altar de San Falas en el Convento de P.P. Trinitarios calzados de esta ciudad en cuya----quiero se me hagan los funerales correspondientes a mi estado, conforme lo dispusiere mi albacea D. Francisco Pagan.
Quiero que en el dia de mi muerte se haga saber a los P.P. Trinitarios Calzados a fin de que en el mismo dia de los tres consecutivos a esto hagan celebrar en dicha Iglesia todas aquellas misas que les será posible, con un responsorio a la fin de cada una de ellas dando de limosna para cada una, una peseta y media, debiendo mi albacea entregar a los mismos P.P. sesenta velas de cera para colocarlas, y repartirlas entre los altares de dicha Iglesia mientras se celebraren dichas misas.
Mas dexo, y mando a mi estimada única hermana Doña Cathelina Parodi y Villavecchia consorte de tal Parodi domiciliada en la ciudad de Génova en consideración del cariño que la tengo mil quinientas libras de Genova fuera banco, o su justo valor durante su vida natural solamente, queriendo que se las paguen anticipadamente en cada un año.
En los restantes de mis bienes, muebles y rahizes presentes y venideros, instituhio por mi heredero universal al citado D. Francisco Pagan vezino del comercio de esta ciudad, con la obligación de disponer de todos mis bienes en la conformidad, y bajo las circunstancias que le tengo prescritas de palabra por la mucha confianza que tengo de el y sus honrados procedimientos. Esperando que mis hermanos y sobrinos no llevaran a mal esta mi disposición, teniendo yo presente las circunstancias del dia.
Revoco con el presente todos y qualesquiera testamentos o otras especies de ultimas voluntades por mi hasta el dia presente hechos, por ante qualesquier escrivanos, aunque en ellos hubiesse qualquiera palabras derogatorias de las quales su hubiesse de hacer expresa mención, pues quiero que no no obstante aquellas este mi testamento prefiera a los demás.
De cuyas mis testamentarias disposición quiero que seguido mi fallecimiento sean libradas, por el infro escribano, las copias autenticas que serán pedidas por los que pretendan tener interes en el.
Hecho y otorgado fue este mi testamento en esta ciudad de Barcelona a los veinte y quatro días del mes de Maio del año mil setecientos noventa y seis.
Y dicho Señor testador, conocido de mi el infro escribano, la firmo. Siendo presentes por testigos Llamados, y por el mismo Señor testador rogados D. Luis Barthomome.= Soucheron, vezino del comercio de esta ciudad, y Buenaventura Besombes escrivient rescident en esta ciudad.
Ignacio Villavecchia, Ante Joseph Ubach y por su ocupación con intervención a Ramon Matheu y Smandia su con-notario.