Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PROTESTO DE CAMBIABLE CONTRA PARIS, POR FRANCISCO PONTE & Cia.


En la ciudad de Barcelona a los siete días del mes de Mayo del año mil ochocientos y uno. Antonio Llaró otro de los dependientes de los Señores D. Francisco Ponte & Cia. vecinos y del comercio de esta ciudad, con comisión y orden de dichos Señores, constituido personalmente en las casas en que habitaba D. Juan Bautista Paris comerciante, que se hallan en la calle de la Barra de Ferro a fin de cobrar de dicho Señor el importe de la letra baxo inserta, por su ausencia presentó a una Señora que se hallaba en dicha casa la letra de cambio que es como sigue.= Roma cinque Febraro mille otto cento uno. Per pezzi duri trecento novanta e baso trenta due in effettivo. A giorni novanta data pagate per questa prima di cambio all'ordine S.P. dei Signori D. Francisco Ponte & Cia. pezzi duri trecento novanta cinque, trenta due o sua valuta in oro o argento effettivo, valuta camviata da S.E.H Signor Duca D. Vincenzo Lante e ponete come si avvisa, addio.= Francisco Garcia.= Al Signor Gio Battista Paris Barcellona. Aceptada al dos Marzo mil ochocientos y uno.= Paris.= Y vista dicha letra por la expressada Señora dixo: Que el relatado Juan Bautista Paris se hallaba ausente de esta ciudad, y que por consiguiente no podía pagarse dicha letra. Y el mencionado Llaró protestó contra dicho Señor de Paris, librador de la insertada letra, y demás que tenga derecho de todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, recambios, y demás que por falta de pago de la misma letra se seguirán, y pyeden seguir a los expresados Señores Ponte & Cia. sus principales. De todo lo que el mismo Llaró ha requirido a mi el escribano formase la presente publica escritura, y que de ella a el, y demás que convenga entregase copia autentica Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Siendo presentes por testigos Ignacio Pedralves mercader de ropas, y Benito Calls pintor vecinos de esta ciudad.
Seguidamente para el propio fin de cobrar el importe de la expresada letra en fuerza de dicha comisión pasó en los estudios del despacho del infro escribano que se hallan en la calle den Jupí junto con Ramon Prat otro de los dependientes de D. Juan Ferrer de este comercio, y comisionado del mismo para estas cosas, y se la presentó, quien despues haberla visto dixo: Que dicho Ferrer su principal no quiere pagarla por los avisos dados al acetante de ella. Y el referido Llaró protestó contra dicho Ferrer, librador de dicha letra, y demás que tenga derecho de todos daños, gastos, perhuicios, intereses, cambios, recambios, y demás que por falta de pago de la enunciada etra se seguirán, y pueden seguir a los referidos Señores Ponte & Cia. sus principales. De todo lo que el mismo Llaró ha requirido a mi el escribano formase la presente publica escritura, y que de ella a el y demas que convenga entregase copia autentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Siendo presentes por testigos Antonio Ubach y Claris, y Joseph Ubach y Marquet escribientes residentes en esta ciudad.
Ynmediatamente el propio Laró para el mismo fin pasó a las casas de la propria habitación de los Señores Milans, Duran y Valls de este comercio, que se hallan en la calle de Mondada, y se la presentó quienes despues de haverla visto, dixeron; Que mediante los precedentes protestos la pagarían por honor de la firma del acetante, y consideración de la del librador, con reserva de los derechos que les correspondan para reclamar el importe de la misma letra junto con lo demás que les competa de dicho acetante, del librador de ella, y de quien haya lugar en dercho, como en efecto la pagaron, y confesó dicho Llaró haver recibido de dichos Señroes el referido importe en dinero de contado, realmente y de hecho a todas sus voluntades. Por lo que renunciando a la excepción de no ser satisfecho el dinero, y a otra qualquiera ley o derecho que a dichos sus principales favorecer pueda otorga del referido importe la correspondiente carta de pago con cessión de los derechos de sus principales, sin empero garantía alguna de parte de estos. De todo lo que el mismo Llaró ha requirido a mi el escribano formase la presente publica escritura, y que de ella a el y demás que convenga, entregase copia autentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba dichos, Y dicho requirente (conocido del infro escribano) lo firmó. Siendo presentes por testigos D. Estevan Guille y D. Joseph Carbo ambos de este comercio.
Antonio Llaró, Ante Joseph Ubach.