Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PROTESTO DE VARIAS CAMBIABLES CONTRA PRAT & TAXONERA, POR IGNACIO VILLAVECCHIA.


En la ciudad de Barcelona a los cinco días del mes de Abril del año mil ochocientos y cinco. Francisco Serrallach otro de los dependientes del Señor D. Ignacio Villavecchia, vecino y del comercio de esta ciudad, co comisión y odren de dicho Señor, constituido personalmente en las casas de la propia habitación de los Señores Prat & Taxonera del Bosch, también de este comercio, a fin de cobrar de dichos Señores el importe de las letras baxo insertas. Les presentó la primera y segunda letras de cambio que son como siguen.= J.M.J. Cádiz veinte y cinco de Enero de mil ochocientos y cinco. Son duros nuevos ciento veinte efectivo, duro por duro.= Por esta primera a setenta días fecha fixa, mandará Vm. pagar por esta primera a setenta días fecha fixos mandará Vm. pagar a la orden propia nuestra nuevecientos y veinte duros en plata, u oro, y no vales reales duro por duro, valor en nosotros mismos, que quedan notados con - y Christo con todos.= Domingo Moreno & Cia.= Al Señor Felix Antonio Ruiz, Granada, pagaderas en Barcelona.= orriente al domicilio de los Señores Prat & Taxonera del Bosch.= Ruiz.= J.M.J. Cádiz veinte y cinco de Enero de mil ochocientos y cinco. Sonduros novecientos veinte, efectivos, duro por duro. Por esta segunda (no habiéndolo hecho or la primera) por setenta días fixos mandará Vm. pagar a la orden propia neustra nuevecientos veinte duros plata u oro y no vales reales, duro por duro, valor en nosotros mismos que quedan anotados como va, y Christo con todos.= Domingo Moreno & Cia.= Al Señor D. Felix Antonio Ruiz, pagaderas en Barcelona. Paguese a la orden del Señor D. Santiago Hernandez de Tejada, valor en cuenta con dicho Señor. Cádiz diez y nueve de Enero de mil ochocientos y cinco.= Domingo Moreno & Cia.= Paguese a la orden de los Señores D. Felipe Vitorio Ravara & Hijo, valor de nosotros mismos. Madrid veinte de Febrero de mil ochocientos y cinco. Santiago Hernandez de Tejada.= páguese a la orden del Señor D. Ignacio Villavecchia valor en cuenta, tomada razón.= Felix Vitorio Ravara & Hijo.= Y vistas dichas letras por los expresados Señores Prat & Taxonera del Bosch, dixero: Que no la pagan por falta de aviso. Y el expresado Serrallach protestó contra dichos Señores, portadores, contra los libradores de dichas letras, endozantes y demás que tenga derecho de todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, recambios, y demás que por falta de pago de dichas letras, se seguirán, y pueden seguir a dicho su principal. Seguidamente el propio Serrallach dixo. Que mediante el precedente protesto, su principal se las pagará por honor de la firma de los Señores Felipe Vitorio Ravara & Hijo, con reserva de los derechos que le correspondan para reclamar de los mismos Felipe Vitorio Ravara & Hijo, de los libradores, endosantes, y de quien haya lugar en derecho, el importe de las referidas letras junto con lo demás que le competa, como en efecto se las pagó en dinero de contado realmente y de hecho a todas sus voluntades. Por lo que renunciando a la excepción de no ser satisfecho el dinero y a otra qualquier ley o derecho de su favor, se otorga de dicho importe la correspondiente carta de pago. De todo lo que el propio Serrallach ha requirido a mi el escribano formase la presente publica escritura, y que de ella a el, y demás que convenga entregase copia autentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Y dicho requirente (conocido del infro escribano) lo firmó. Siendo presentes por testigos Onofre Flaquer, y Martin Ferrer ambos del comercio de esta ciudad.
Francisco Saerrallach, Ante Joseph Ubach.