Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PROTESTO DE CAMBIABLE CONTRA BALLESTER, POR FRANCISCO PONTE, SOBRINO & Cia.


En la ciudad de Barcelona a los veinte y ocho dias del mes de Agosto del año mil ochocientos y cinco. Antonio Llaró, otro de los dependientes de los Señores D. Francisco Ponte, Sobrino & Cia, vecino y del comercio de esta ciudad, con comisión y orden de dichos Señores, constituido personalmente en las caas de la propia habitación de D. Antonio Buenaventura Ballester vecino y del comercio de esta ciudad, que se hallan en la calle de San Pablo, a fin de cobrar de dicho Señor el importe de la letra baxo inserta, por su ausencia presentó a una muger que dizo ser dueña de dicha casa la letra de cambio que es como sigue.= J.M.J. Madrid Agosto tres de mil ochocientos y cinco. Por reales vellon quatro mil doscientos veinte y ocho, quarto, efectivos, en oro, u plata.= A veinte y cinco dias data se servirá Vm. Mandar pagar por esta primera de cambio a la orden de los Señores Avanzini & Cia. Quatro mil doscientos veinte y ocho reales, y quatro maravediese, en metalico en oro u plata valor de dichos Señores que mandará Vm. Notar en cuenta, según aviso de.= Joseph Padrós.= A D. Antonio Buenaventura Ballester, guarde Dios muchos años, Barcelona.= Paguese a la orden de los Señres D. Francisco Ponte, Sobrino & Cia.= Valor en cuenta. Madrid ut retro.= Avanzini & Cia.= Y vista dicha letra por la expresada muger, dizo; Que dicho Señor Ballester se hallaba fuera de esta ciudad. Y el expresado Llaró protestó contra dicho Señor Ballester, contra el librador de dicha letra, endoantes, y demas que tenga derecho de todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, recambios y demas que por falta de pago de dicha letra se seguiran, y pueden seguir a dihos sus principales. De todo lo que el propio Llaró ha requirido a mi el escrivano,f ormase la presente publica escritura, y que de ella a el, y demas que convenga entregase copia autentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Siendo presentes por testigos D. José Nadiu, y Bartholome Batlle ambos de este comercio.
Seguidamente el mismo Llaró para el propio fin de cobrar el importe de la referida letra, partió a las casas de la propia habitación del Señor Joan Roig y Posas tambien de este comercio, y se la presentó quien despues de haberla visto, dixo: Que mediante el precedente protesto, la pagaria por honor de la firma del librador, cono e la delos deechos que le correspondan para reclamar del mismo librador, endozante y de quien haya lugar en derecho, el importe de la repetida letra junto con lo demas que le competa, como en efecto la pagó en dinero de contado,r ealmente y de hecho a todas las voluntades. De lo que renunciando a la excepción de no ser satisfecho el dinero y a otra qualquier ley o derechos a favor le otorga de dicho su importe la correspondiente carta de pago con cesión de los derechos de sus principales. Sin emperó garantia alguna de parte de ellos. De todo lo que el propio Llaró ha requirido a mi el escrivano formase la presente publica escritura, y que de ella a el y demas que covenga entregase copia autentica. Lo que fué hecho en esta ciudad de Barcelona a los dia, ems y año arriba notados. Y dicho requirente (conocido del infro escrivano) lo firmó. Siendo presentes por testigos Antonio Esplugosa carpintero y Francisco Clapra carpintero residentes en esta ciudad.
Antonio Llaró, Ante Joseph Ubach.