Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PROTESTO DE CAMBIABLE CONTRA DEMESTRES, POR IGNACIO VILLAVECCHIA.


En la ciudad de Barcelona a cinco Abril de mil ochocientos veinte y tres Pedro Gil y Montaña con comisión y orden de D. Ignacio Villavecchia de este comercio, constituido personalmente en los estudios del despacho de mi el infro escrivano que se hallan en la calle den Jupí junto con D. Magin Demestres de este comercio, vevino de esta a fin de cobrar de dicho Señor el importe de la letra baxo inserta le presentó la de cambio que es como sigue.= Barcelona quatro de Octubre de mil ochocientos veinte y dos. Por pesos fuertes seis cientos.= A seis meses de fecha se servir
a Vm. Pagar por esta primera de cambio a mi propia orden la cantidad de seis cientos pesos fuertes metalicos en oro, o plata excluso todo papel moneda, valor en mi mismo que sentará Vms. En cuenta.= Segun aviso de.= Magin Demestres.= A los señores Vda. de D. José Carbó e Hijos, Arenys de Mar, pagadera en Barcelona.= Paguese a la orden de D. Ignacio Reges, valor recibido de contado. Barcelona treinta de Octubre mil ochocientos veinte y dos.= Magin Demestres.= Paguese a la orden de D. Ignacio Villavecchia y Viani, valor recibido de contado. Barcelona treinta y uno Octubre mil ochocientos veinte y dos.= Ignacio Regés.= Aceptada al domicilio del librador.= Viuda de Josef Carbó he Hijos.= Y vista dicha letra por el expresado D. Magin Demestres dixo que dexaba de pagarla por falta de fondos de los acetantes, y que en la actualidad el tampoco puede como librador, y cedente. Por lo que el expresado Gil protestó contra dicho Señor, contra del librador, endozante, y demas que tenga derecho de todos daños, gastos, perjuicios, untereses, cambios, recambios, y demas que por falta de pago de dicha letra se seguiran y podrán seguir a su principal. Immediatamente continuando su comisión el expuesto Gil, y Montaña pasó junto conmigo el escrivano en las casas de la propia habitación de D. Ignacio Regés tambié de este comercio a quien la presentó, quien despues de haberla visto dixo: que mediante el antecedente protesto y con las salvedades de derecho la pagarua, como en efecto la pagó pro honor de su firma y de cuyo importe con el presente la otroga carta de pago con cessión de todo derecho para la reclamación de quien haya lugar, sin empero garantia alguna de parte de su principal. De todo lo que requirió a mi el escrivano formase la presente, que conocido de mi firma, siendo testigos Jayme Pineda y Josef Losada en la misma residentes.
Pedro Gil, Ante mi Antonio Ubach y Claris notario.