Saga Bacardí
04697
ESCRITURA DE REVOCACIÓN DE PODERES DE MONTOBBIO, HACIA IGNACIO VILLAVECCHIA.


En la ciudad de Barcelona a treinta y uno Mayo de mil ochocientos veint ey siete Ignacio Vilardemunt portero de la Real Audiencia de este Principado, constituido personalmente en los estudios del despacho de mi el infro escrivano que se hallan en la calle den Jupí, meddiante el juramento por el prestado en el ingreso de su oficio, ha hecho relación a mi el escrivano que entre las ocho y nueve horas de la noche del dia de ayer, a instancia de D. Joan Bautista Montobbio apoderado de Jaume Andriotti Capman Baró hijo del quondam Joan, natural y domiciliado en la ciudad de Génova, presentó y notificó a D. Ignacio Villavecchia vecino y del comercio de esta, dexando cipia en manos de la criada del mismo Señor Villavecchia, rspeto de hallarse este fuera de su casa, el papel de revocación de poderes que a la letra es como sigue.=
Notifiquese a D. Ignacio Villavecchia vecino y del comercio de esta, que Jayme Aandriotto capitan de alte, hjijo de l quondam Juan, natural y domiciliado en la ciudad de Génova con escritura publica que pasó ante Grino Calillo Mieba notario Real colegiado de la ciudad de Niza, a ls veinte y uno Febrero ultimo, legalizada por dicho José de Andraix Vice consul encargado de consulado de Su Magestad Catolica, en dicha ciudad y puerto de Niza a trece del mes proximo pasado entre los dicho. Revoco la escritura de poder que el nombrado Andrecetti habia otrgado a favor de dicho Señor Villavecchia ante el cavallero Brogante Consul General de Su Magestat el Rey de Serdaña en esta ciudad y principado en el mes de Octubre del año mil ochocientos veinte y quatro, de modo que el Señor Villavecchia no use no peda usar mas de aquellos baxo decreto de nulidad y otras penas por el derecho establecidas, y con clausula de notivicación a el dirigidera. Cuya notificación se hace a instancia de D. Juan Bautista Montobbio vecino y del comercio de esta, apoderado del mismo Andriotti. Barcelona treinta Mayo de mil ochocientos veinte y siete.= Ubach.= Concuerda con su original de que doy fe. De todo lo que requirió a mi el escrivano formase la presente y que de ella a el y demas que convenga entregase copia autentica. Y el Señor Vilademunt requirente lo firma (conocido de mi el escrivano) siendo testigos Joaquin Manresa, y Jayme Pineda en la misma residentes.
Ignacio Vilademunt. Ante mi Antonio Ubach y Claris notario.