Saga Bacardí
04836
REQUERIMIENTO PARA PAGAR DEUDA JUDICIALMENTE CONTRA JOSÉ COMADURÁN.


En la ciudad de Barcelona entre las nueve y diez horas de la mañana del dia tres del mes de Setiembre del año del Nacimiento del Señor de mil setecientos setenta y ocho, llamado y requirido yo el escribano por Joseph Comaduran tendero de lienzos, vezino de esta ciudad, y comparecido en su casa donde se hallava sita en la misma ciudad, y calle de los Sombrereros en presencia de mi el escribano y testigos baxo nombrados, expuso, que con motivo de hallarse en su casa el escribano del Real Tribunal de la Lonja del Mar de esta ciudad para hazerle una execución en sus bienes que el requiriente tenia por nula, dixo al escribano de los autos de aquella Ramon Font que obtemperando a la orden superior, queria protestar a dicha execucion, y no haviendo querido el escribano admitir la protesta, por tener, según dixo, orden de aquel Tribunal para no admitirla ni tampoco un real de plata que le ofreció el requirente por ante mi el escribano en el interin que se les estaba haziendo otra execución, requirió a mi el escribano para que diese testimonio de la protesta que queria hazer, y haviendome impedido Ramon Valtolrá alguacil, y Pedro Juan Batlle portero de dicho Tribunal comisionado por este, para dicha execucion, la entrada en la estancia, o almazen donde se hallavan los oficiales de la execucion desde la puerta de esta estancia en alta voz, que lo oyeran aquellos, dixo el expresado Joseph Comaduran que protestaba a dicha execucion por los visibles efectos que aquella padece en hecho y en derecho, y que por esto dize de nullidad de ella. Y que para obiar publicidades que pueden causar transtorno con animo expresso de recurrir donde le convenga, queriendose valer de los privilegios goza como a ciudadano de Barcelona. Y atendiendo a que el requirente tiene bienes suficientes y sobrantes que aseguran el pago que se le pide, ofreció un real de plata que no se le admitió, inmediatamente requirió al escribano de los autos de la execucion para que le diese testimonio authentico de la orden que llevaba de la superioridad pagado en sus justo derecho a que dixo el escribano no la podia hazer sin orden expressa del Tribunal, y que en otra manera ya se la havia comunicado, inmediatamente requirió a los comisionados de dicha execución le diesen cuenta por menor de la cuenta o importe se le pedia a que respondieron que ni la tenian, ni tenian orden para darsela, pues unicamente la llevaban para cobrar la referida cantidad. Y luego el requirente les protestó de todos los daños, perjuhicios y costas que de esta execución se le seguiran. Y requirió a mi el escribano formase auto publico de este requirimiento y protesta, y a quien fuere menester entregase copia authentica. Que fue hecho en la referida ciudad de Barcelona en la hora, dia, y mes y año arriba notados. Y el mencionado requirente (a quien yo el infro escrivano doy fe conocer) lo firmó. Siendo presentes por testigos Jayme Monner mancebo tendero de lienzos, y Mariano Colldelram escribientes en Barcelona habitantes.
Joseph Comaduran, Ante mi Ramon Matheu y Smandia escribano.