Saga Bacardí
04999
PROTESTO DE CAMBIABLE DE CODER, CONTRA DELAFORGE, COMADURÁN Y TUSQUETS
.

En La ciudad de Barcelona a los nueve dias del mes de Abril del año mil setecientos noventa y nueve. Juan Coder vezino y del comercio de esta ciudad, constituido personalmente en las casas de la pripia habitación de los Señores Delaforge, Comaduran y Tusquets, de este comercio, que se hallan en la calle de la Plateria, a fin de cobrar de dichos Señores el importe de la letra bajo incerta, por su ausencia presentó a Carlos Colls y Giol, dependiente de dichos Señores la segunda letra de cambio que es como se sigue.=
Seconde, Marseille, quatre sentase am septime Rep. Ving et deux Fevrier mil sept cent quatre vingt dix et nuez V.S.J.= Bor Pr. Pistolles tríos centes quarente quatre, de trente deux Meaux de platte vielle. A quarante cing tours de datte, payez par cette seconde de change (la premier no l'etant) a notre ordre, tríos cents vingt quatre pistolles, de trente deux Meaux de platte vielle en effectif, et no en billet royaux, valeur en nous memes, que passerez suivant l'avis de.= Laplace, et Borrelles.= A Monsieur Delaforge, Comaduran et Tusquets, a Barcelona.= Lo premiere acceptée chez Mesieur Huget, et Dupré, a qui aubenir.= Payez a l'ordre des cotiyens Auguste Durand et Cie. valeur revue comptant, Marseille le dix ventose an sept.= Laplace et Borrelles.= Payez a l'ordre des citoyens Fs. Durand et Fils, valeur en compte Marseille le onze ventose an sept.= Auguste Durand et Cie. Payez a l'ordre de Monsieur Pierre Aldebert, valeur en compte Puigcerdá le quinze Mars mil sept cent quatre vingt dix et nuez.= Pierren Aldebert.= Paguese a la orden del Señor Juan Coder, Vich veinte y cinco de Marzo de mil setecientos noventa y nueve.= Francesch Serra.=
Y vista dicha letra por el citado Coll y Giol, dixo: Que sus principales no se hallaban en casa, y que no le habian dexado dinero ni orden para pagar dicha letra. Y el relatado Coder protestó contra dichos Señores Delaforge, Comaduran y Tusquets, librador de la incertada letra, endozante y demas que tentan derecho de todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, recambios, y demas que por falta de pago de dicha letra se le seguiran, y pueden seguir. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona a los dia, mes y año que preceden, siendo presentes por testigos Gaspar Canasl, y Joseph Ametller, ambos del comercio de esta ciudad.
Seguidamente: El proprio Coder para el proprio fin de cobrar el importe de la expresada letra pasó a las casas de la propria habitación de los Señores Huguet y Dupré de este comercio, que se hallan en la calle del Escudellers, y se la pesentó, quienes después de haberla visto dixeron: Que mediante el precedente protesto, la pagarian por honor de la firma de Francisco Durand de Perpiñan, con reserva de los derechos que les corresponden para reclamar el referido importe, junto con lo demas que competa, asi de dicho Durand, de los libradores, y demas endozantes de ella, como de quien haya lugar en derecho. Como en efecto la pagaron. Y confessó dicho Coder haber recibido el referido importe de los expresados Señores, en dinero de contado realmente, y de hecho a todas sus voluntade. Por lo que renunciando a la excepción de no ser satisfecho el dinero, y a otra qualesquier ley o derecho que favorecerle pueda, otorga a los mismos Señores Huguet y Dupré la correspondiente carta de pago con cesión de derechos, sin empero garantia alguna. De todo lo que el propio Coder ha requerido a mi el infro escrivano formase la presente publica escritura, que de ella, a el, y demas que convengan, entregase copia autentica. Lo que fue hecho en la ciudad de Barcelona en los dia, mes y año que preceden. Y dicho requirente, conocido del infro escrivano, lo firmó. Siendo presentes por testigos Andres Mille, y Buenaventura Berombes ambos del comercio de esta ciudad.
Juan Coder, Ante Joseph Ubach.