Saga Bacardí
05265
ESCRITURA DE RESPUESTA DE LOS LLADÓ HACIA FRANCISCO TUSQUETS, COMADURAN Y DE LAFORGE.


En la ciudad de Barcelona entre las cuatro y cinco horas de la tarde del dia veinte y cuatro de Diciembre año del Nacimiento del Señor de mil ochocientos treinta y nueve. Los Señores albazeas subrogados del testamento de D. Antonio Lladó bajo firmados, en respuesta al requirimiento que se les notificó en el dia de ayer a instancia de D. Francisco Tusquets, Comaduran y de Laforge, han entregado a mi el notario subscrito una contestación en escritos del tenor siguiente.
Los albaceas subrogados del testamento de D. Antonio Lladó constestan al requirimiento que les ha hecho notificar D. Francisco Tusquets, en el dia de ayer, que han estrañada de la fina urbanidad que distingue al requirente, que no la haya usado con ninguna de ellos, manifestandoles buenamente su pretencion. Si lo hibiera hecho le habrian declarado como le decmaran que estan dispuestos a cumplir la obligación que se impusieron con la concordia que cita pero como no se hallan instruidos del estado actual de la mina de Lladó, ni de sus aguas, ni del motivo que causa la falta de parte de las nueve plumas que supone el requirente, ni de las operaciones que tal vez hayan de practicarse en cumplimiento de aquella obligación, ofrecen nombrar un abogado y un arquitecto para que haciendo lo mismo el requirente, los elegidos en vista de las intrucciones que les dieren las partes y despues de reconocida la mina por los arquitectos, resuelvan y determinen lo que hayan de efectuar los respondientes para dejar cumplida la obligación que congrajeron con la propia concordia. Y protestando a D. Francisco Tusquets de todas costas, requieren al escrivano D. Jayme Rigalt y Alberch, que no libre copia de la requisición del referido Tusquets sin poner a continuación esta respuesta.
De cuya contestación dichos Señores albaceas a fin de que siempre conste, han requirido a mi el propio escrivano formase auto publico como así lo verifico, su fecha la arriba espresada. Siendo presentes por testigos D. Mariano Riera y D. Francisco Suaña y Castellet, vecinos de esta ciudad. Y los Señores requirentes, conocidos del infro escrivano, lo firman.
Joaquin Ruyra y Lacreu, José Fors y de Casamayor, José Maria Torrents, Ante mi Jayme Rigalt y Alberch notario.