Saga Bacardí
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ESCRITURA DE ADEUDO DE PENSION Y PRORRATA SOBRE CASA VENDIDA POR ROIG A FRANCISCO TUSQUETS, COMADURAN Y DELAFORGE.


D. Juan Bosch y Serra platero diamantista vecino de esta ciudad, en la calidad de apoderado especial que soy, para las infras cosas por el Dr. D. Diego Troncoso y su esposa Da. Josefa Roig, Da. Maria Dolores Roig soltera mayor de edad, vecinos de Santiago, D. Francisco Perez Villamil, y Da. Teresa Roig su esposa, residentes en La Coruna, el Dr. D. José Roig de la de Lugo, y el licenciado D. Antonio Jacobo Roig asesor de Marina de la villa de Fienjo, según consta de mi poder con escritura recibida por ante D. José Currós y Casal notario de dicha ciudad de Santiago, a los treinta Julio del corriente año. En dicho nombre, de mi libre alvedrio y cierta ciencia confieso y reconosco a D. Francisco Tusquets Comaduran y Laforge del comercio de Barna, que en presencia del notario abajo firmado y testigos nombraderos me ha dado y satisfecho vuatrocientas catorce libras, nueve sueldos y cuatro dineros en oro y plata que junto con veinte y una libras, once sueldos y diez dineros que le abono por las razones que luego se demostraran, forman la suma de cuatrocientas treinta y seis libras un sueldo y dos dineros importe de una pención y porrata que se debía del censo prestaba al propio Señor Tusquets a los referidos Señores Roig por razón de una casita en la calle de la Plateria de esta ciudad, de pención doscientas treinta y cinco libras catalanas, el cual ha sido endido y absuelto a fabor del indicado Señor con escritura recibida en poder del notario infro en diez de Julio del corriente año, a saber.
Pension fencida en dos Setiembre de mil ochocientos treinta y nueve, doscientas treinta y cinco libras..........................................................................................................235L.
Prorrata de la misma desde dicho dia, a diez Julio mil ochocientos cuarenta, en que se ha firmado la escritura de definición de dicho censo. Doscientas una libras, un sueldo, y dos dineros.......................................................................................................201L 1S 2D.

436L 1S 2D.
ABONO.
Por la contribución sobre el censo adelantado por Tusquets, según recibo remitido a Roig con carta de doce Setiembre mil ochocientos treinta y ocho, cinco libras catorce sueldos y siete dineros..................................................5L 14S 7D.
Contribución de trece y medio por ciento pagada por cuenta de dichos, en primero Julio mil ochocientos treinta y nueve,s on treinta y una libras, catorce sueldos y seis dineros, y teniendo que abonársele el trece y medio por ciento en papel por resultado de la liquidación de la contribución de Guerra, hallándose su curso a cincuenta por ciento, son a su cargo. Quince libras diez y siete sueldos y tres dineros...15L 17S 3D.
...................................21L 11S 10D.

414L 9S 10D.

Por lo que renunciando a la ecepción de la cosa no ser así, y a cualesquiera otra ley o derecho a fabor de dichos mis principales. En testimonio de verdad otorgo al nombrado D. Francisco Tusquets esta carta de pago en la ciudad de Barcelona a veinte días del mes de Agosto año del Nacimiento del Señor de mil ochocientos cuarenta, Siendo presentes por testigos D. Mariano Riera y D. Francisco Suaña y Castellet, vecinos de la misma. Y el Señor otorgante, conocido del infro escribano, lo firma.
Juan Bosch y Serra, Ante mi Jaime Rogalt y Albech notario.