Saga Bacardí
06660
ESCRITURA DE INCUMPLIMIENTO DE ACUERDO SOBRE TIERRAS EN SANT FELIU HACIA AMAT, POR MATIAS DE CASANOVAS Y DE PUJOL.


En la ciudad de Barcelona a los siete dias del mes de Enero del año mil ochocientos veinte y ocho. Por ante mi el escribano y testigos infrascritos Pedro Gibert portero de la Real Audiencia vecino de dicha ciudad hizo relación a mi dicho escribano que a instancia del Noble Señor D. Matias de Casanovas vecino de la misma, habia notificado en el dia de aier a Juan Amat labrador del pueblo de Cornellá una interpelación en escritos que es del tenor siguiente.=
Muy bien sabe e ignorar no puede V Juan Amat labrador, vecinoen el dia del pueblo de Cornellá, que con escritura pasada ante José Maria Torrent escrivano publico de número de Barceloa a veinte y ocho Enero mil ochocientos diez y seis, el Noble Señor D. Matias de Casanovas y Pujol, vecino de dicha ciudad de Barcelona, estableció durante las primeras cepas a Jayme Palet albañil de la Parroquia de Sant Felio de Llobregat una piezad e tierra inculta de cabida una mojada tres cuartas y dos mondinas poco mas o menos sita en la Parroquia y termino de San Justo Desvern de pertenencias del Manso llamado Mas Llui con varios pactos y condiciones y entre ellos que dentro de cuatro años que fenecieron en mil ochocientos diez y nueve tuviere plantada de viña la dicha pieza de tierra y que por censo de ella debiese pagarle la tercera parte de la vendimia.
Tampoco ignorar puede que con otra escritura pasada ante el mismo escribano Torrent en diez y siete Noviembre del citado año mil ochocientos diez y seis el indicado Jayme Palet firmó escritura de recnocimiento en favor de V. de la mencionada pieza de tierra con la precisa condicion de que cumpliese los pactos impuestos en el calendado establecimiento, cuya escritura de reconocimiento acetó V. y a su cumplimiento obligó todos los bienes y derechos. Y como hayan discurrido mas de ocho años sin que V. haya acabado de plantar como debia la expresada pieza de tierra y haber cultivado con el mayor abandono descuido la parte plantada en el discurso de dichos ocho años de modo que no tansolamente no han prosperado las cepas sino que las que han podido resistir al mal cultivo que V. les ha dado, estan en el dia en el peiro estado, y rpoximas a la ruina como es bien notorio y V. no puede negar y de consiguiente no haber tampoco pagado la parte de frutos correspondiente tanto por la parte no plantada como y también por el mal cultivo dado a las cepas que existen en la otra parte.
Por tanto, el relatado Noble Señor D. Matias de Casanovas, requiere e interpela a V. dicho Juan Amat por una, dos y tres vecesn y cuantas en derecho sean menester paraque inmediatamente le firme escritura de reddimiento de dicha pieza de tiera y e pague los daños y perjuicios, pues que de lo contrario se valdrá de todos los medios de rigor y de justicia e instará pronta y rigida ejecucion contra de V. y sus bienes, protestandole de todos daños, y costas. E igualmente requiere a V. D. Eudaldo Rovira escrivano publico de numero de Barcelona que de la notificación de este requirimiento levante auto publico. Y por la legitima notificación de la preincerta notificación el mismo portero Giralt dejó por debajo de la puerta de la casa del citado Amat que se hallaba cerrada copia del citado requirimiento entre ocho y nueve horas de la mañana del espresado dia seis. De las cuales cosas el propio portero requirió a mi el infro escrivano formase el presente auto que firmó de su mano. Siendo testigos Magin Soler y Constantino Gibert en dicha ciudad residentes.
Pedro Gibert, Ante mi Eudaldo Rovira y Elias escrivano.