Saga Bacardí
06713
ESCRITURA DE DEVOLUCIÓN DINERAL DE CANELA HACIA MARIA MICAELA DE BORRÁS.


Sepase, que la Señora Da. Maria Micaela de Peguera y de Borrás viuda del Señor D. Juan Antonio de Peguera, en la presente ciudad domiciliada. Espontaneamente recibir de D. Magin Canela hacendado y comerciante vecino de la misma, la cantidad de ocho mil libras barcelonesas por entrega que le hace en este acto en dinero efectivo de oro y plata a presencia del infro notario, y testigos en la conclusión nombraderos. La cual cantidad sirve a la Señora otorgante en total pago y satisfacción de iguales ocho mil libras de que el propio Señor Canela le firmó escritura de debitorio por ante el infro notario a diez y nueve de Junio del pasado año de mil ochocientos cuarenta y uno. Por lo que no solo le firma la mas cabal carta de pago y definición de la espresada suma si que declara y reconoce que el propio D. Magin Canela ha cumplido puntualmente con el pago de los intereses estipulados a favor de la Señora otorgante en la calendada escritura de debitorio la que cancela y anula con todas sus fuerzas y obligaciones como si firmada no fuera devidiendo de si titulo de la hipoteca. Y presente D. Magin Canela lo acepta. Debiendo quedar advertida la Señora otorgante que de la presente carta de pago y cancelación se ha de tomar razón en el registro de hipotecas de esta ciudad el mismo del folio sesenta y ocho del libro segundo del año próximo pasado. En cuyo testimonio así lo otorga y firma, conocida del suscrito notario, en la ciudad de Barcelona a veinte y seis de Julio de mil ochocientos cuarenta y dos. Siendo testigos D. Pablo Antonio de Milá de la Roca y D. Juan Tobalina de esta vecindad.
Maria Micaela de Peguera y de Borrás, Magin Canela, Ante mi José Maria Pons y Codinach notario.