Saga Bacardí
06799
ESCRITURA DE LAUDEMIO POR VENTA ENTRE LOS DOMENECH, HACIA ENTRE OTROS BALTASAR DE CASANOVAS Y DE BACARDÍ.


Sepase. Que D. José Vilar y Amigó vecino de esta ciudad en claidad de apoderado del Señor D. Baltasar de Casanovas y de Bacardí natural y vecino de la misma, sergun consta de escritura que autorizó el infro notario a dos de Julio del año mil ochocientos cuarenta y ocho, espontáneamente en cuanto al interés de su Señor principal firma por razón de dominio la venta perpetua hecha por D. Juan a D. Ramon Domenech, de un solar de terreno sito en la presente ciudad y calle de Trentaclaus y de la mitad en común y proindiviso de otro solar contiguo según mas por estenso resulta de escritura que autorizó el infro notario a diez y siete de Agosto del año próximo pasado. Se tienen los dos referidos solares con lo demás de la mayor cabida de que proceden y en dicha escritura manifestada por los sucesores de las Señoreas Da. Francisca Pujol y March, Da. Madrona March y Matas y D. Antonio Schmid y March a censo de seis libras francas de toda corresponsion y bajo su dominio mediano pagaderas por mitad en primero de Abril y de Octubre y en dicho concepto por el Señor D. Baltasar de Casanovas su Señor principal por la tercera parte que en los insinuados censo y dominio le pertenecía a la mencionada Señora Da. Madrona de March y dos séptimas de la tercera parte correspondiente a Da. Francisca Pujol. Los censos, laudemios y demás derechos debidos tal vez y no satisfechos siempre salvos, confesando haber recibido por el laudemio correspondiente en razón a la citada venta once sueldos hecha gracia de lo demás. Así lo otorga y firma, conocido del suscrito notario, en Barcelona a quince Marzo mil ochocientos cincuenta y uno, testigos D. Fancisco Pons y D. Angel Pierrar de esta vecindad.
José Vilar y Amigó en dicho nombre, Ante mi José Maria Pons y Codinach notario.