Saga Bacardí
06813
ESCRITURA DE LAUDEMIO POR VENTA ENTRE SAMSÓ Y PLÁ, HACIA BALTASAR DE CASANOVAS Y DE BACARDÍ.


Sepase. Que D. José Vilar y Amigó natural y vecino de esta ciudad en calidad de apoderado para las infras y otras cosas, legítimamente constituido por el Señor D. Baltasar de Casanovas y de Bacardí, natural y vecino de la misma en virtud de la escritura de poder que autorizó el infro notario a los dos de Julio del año mil ochocientos cuarenta y ocho, en dicho nombre espontáneamente firma por razón de dominio la venta, cessión y traspaso, hecha por Andres Pla natural y vecino de San Andres de Palomar a favor de Jayme Samsó natural de San Juan de Horta, y vecino de dicho pueblo de San Andres de Palomar de las cepas por el plantada junto con los demás derechos que podían competerle en un pedazo de tierra de estensión seis cuartas y dos mundinas poco mas o menos plantado de viña en parte nueva y en parte vieja situada en el termono del referido pueblo de San Andres de Palomar y de pertenencias de la heredad que allí tiene y posee el Señor principal del otorgante según mas por estenso resulta de la citada escritura de venta, cesión y traspaso recibida por el suscrito notario a diez del mes de Octubre próximo pasado. Se tiene por el mencionado D. Baltasar de Casanovas su Señor principal sucediendo en dicho terreno a su Señora madre Da. Maria de los Dolores de Casanovas, viuda de D. Matias de Casanovas y Pujol, y a su hermano D. Matias Ramon de Casanovas y de Bacardí a censo de una tercera parte de la vendimia y de la mitad de los frutos de los arboles junto con todos los demás derechos anexos condiciones y pactos en el modo que se refieren en la próximamente calendada escritura. Y mediante quedarle siempre salvos como y también los censos, laudeminos y otros derechos tal vez debidos y no satisfechos otorga en dicho nombre la presente firma confesando recibir en este acto por el laudemio correspondiente en erazón a la espresada venta, cessión y traspaso cinco libras moneda barcelonesa hecha gracia de lo que mas importa. Así lo otorga y firma conocido del suscrito notario en la ciudad de Barcelona a veinte y ocho de Noviembre de mil ochocientos cincuenta y dos. Siendo testigos D. Candido Clesa y D. Angel Pierrar vecinos de esta ciudad.
José Vilar y Amigó en dicho nombre, Ante mi José Maria Pons y Codinach notario.