Saga Bacardí
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ESCRITURA DE DOMINIO POR VENTA ENTRE DOMENECH Y LOS LACOMA, HACIA BALTASAR DE CASANOVAS Y DE BACARDÍ.


Sepase. Que D. José Vilar y Amigó natural y vecino de esta ciudad, en calidad de apoderado para las infras y otras cosas constituido por el Señor D. Baltasar de Casanovas y de Bacardí de igual naturaleza y vecindad según consta de escritura que autorizó el infro notario a dos de Julio del año mil ochocientos cuarenta y ocho, espontáneamente en cuanto al interés dee su Señor principal firma por razón de dominio la venta perpetua de una casa compuesta de cuatro pisos con una tienda y escalerilla con todos los derechos universales y demás anecsidades de la misma situada en la calle de Trentaclaus de la presente ciudad que otorgó Ramon Domenech y Sastre carpintero a D. José Antonio y a D. Jayme Lacoma hermanos naturales y vecinos también de Barcelona y adquiriendo comunamente y por mitad entre ellos según mas por estenso resulta de escritura que autorizó D. José Maria Marzola notario publico del número y colegio de dicha ciudad a seis de Octubre ultimo. Se tiene junto con la mayor porción de terreno de que procede el de la casa vendida y en dicha escritura manifestada por los sucesores de la Señora Da. Francisca Pujol y March. Da. Madrona March y Matas y Da. Antonia Schmid y March a censo de cien limbras francas de toda corresponsion y bajo su domino mediano pagaderas por mitad en primero de Abril y de Octubre y en dicho concepto por el Señor D. Baltasar de Casanovas su Señor principal por la tercera parte que en los insinuados censo y dominio le pertenecía a la mencionada Señora Da. Madrona de March y dos séptimas de la tercera parte correspondiente a Da. Francisca Pujol. Y mediante quedarle siempre salvos los censos, laudemios y demás derechos tal vez debidos y no satisfechos confiesa recibir en este acto trenta y dos libras dos sueldos y diez dineros, por el laudemio correspondiente en razón de la calendada venta hecha gracia de lo que mas importa. Así lo otorga y firma, conocido del suscrito notario en la ciudad de Barcelona a quince de Diciembre de mil ochocientos cincuenta y dos. Siendo testigos D. Candido Nosa y D. Angel Perrar de esta vecindad.
José Vilar y Amigó en dicho nombre, Ante mi José Maria Pons y Codinach notario.