Saga Bacardí
06821
ESCRITURA DE RETORNO DE DOTE HACIA MARIA DOLORES DE BACARDÍ Y CUYÁS.


Sepase. Que la Noble Señora Da. Maria de los Dolores de Casanovas y de Bacardí, viuda del Noble Señor D. Matias de Casanovas y Pujol natural y vecina de esta ciudad, espontáneamente otorga carta de pago al Noble Señor D. Baltasar de Casanovas y de Bacardí natural y vecino de esta ciudad, su Señor hijo, de la cantidad de mil doscientas libras moneda barcelonesa que confiesa tener recibidas del mismo, con previo pacto de la cesión infra, antes de la otorgación de esta escritura a su voluntad y sobre de lo que renuncia a la excepción del dinero no ser entregado y al termino que para oponerla conceden las leyes. Le son y sirven dichas mil doscientas libras a buena cuenta de la dote que trajo a su difunto Señor esposo en meritos de las capitulaciones que con ocasión de su matrimonio tuvieron lugar por ante D. Antonio Capdevila y Olsina notario publico de la presente ciudad a veinte y seis de Marzo del año mil ochocientos ocho. Y en virtud del insinuado pacto previ, aunque sin evicción alguna ni obligación de sus bienes cede y manda al mismo Señor D. Baltasar de Casanovas todos sus derechos y acciones por lo que concierne a las sobredichas mil doscientas libras a todos los efectos que en juicio o extrajudicialmente se pudieren convenir. Queda advertida de lo que disponen las leyes sobre registro de hipotecas. Así lo otorga y firma dicha Señora, que doy ve conocer, en la ciudad de Barcelona a veinte y nueve de Julio de mil ochocientos cincuenta y dos, siendo testigos D. José Maria de la Torre, y D. Angel Pierrar ambos de esta vecindad.
Maria Dolores de Casanovas, Ante mi José Maria Pons y Codinach notario.