Saga Bacardí
06831
ESCRITURA DE PODERES HACIA DE TORRES Y DE CASANOVAS POR BALTASAR DE CASANOVAS Y DE BACARDÍ.


Sepase, que el Noble Señor D. Baltasar de Casanovas y de Bacardí natural y vecino de esta ciudad, espontáneamente otroga poder cumplido a D. Francisco Javier de Torres, a D. Juan Ramon Casanovas procuradores del Colegio y numero de la misma, y a cada uno de los dos a solas para que a ruego del Señor otorgante y en representación de su persona, voz, acción y derecho previo el juicio conciliatorio en los términos y casos prevenidos por la ley y que les faculta celebrar en la forma competente puedna parecer ante las Audiencias, territoriales, Señores Gobernadores de provincia, tribunales y autoridades eclesiásticas y seglares que convengan, al efecto de intentar, contestar, seguir y finalizar respectivamente juicios verbales y cualesquiera procedimientos, pleutos y causas civiles y criminales en todas instancias con facultad expresa de prestar juramentos de calimnia, presenten y juren recusaciones, oigan decretos, autos y sentencias consintiéndolos o bien apelándolos y recurriendo de los mismos, según consideren hagan y contesten requerimientos, pongan embargos y los cancelen insten ejecuciones, trances y remates de bienes y practiquen lo demás que se requiera para el amplísimo curso de dichos procedimientos, pleitos y causas sin la menor restricción. Y generalmente hagan lo mismo que el Señor otorgante hacer podría, siendo presente, con facultad de substituir este poder una y mas veces, revocar los substitutos y nombrar otros de nuevo, prometiendo estar a derecho, pagar lo juzgado, y tener por firme y valido cuanto se practique por dichos sus apoderados, el otro de ellos o sus tal vez sustitutos bajo obligación de sus bienes habidos y por haber. Así lo otorga y firma, conocido del suscrito notario en la ciudad de Barcelona a siete de Noviembre del año mil ochocientos cincuenta y cuatro. Siendo testigos D. Francisco Pons y D. Tomás Luis Bach ambos de esta vecindad.
Baltasar de Casanovas, Ante mi José Maria Pons y Codinach notario.