Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PODERES HACIA NARCISO VIDAL POR MARIA DOLORES DE BACARDÍ Y CUYÁS
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En la ciudad de Barcelona a diez y seis Enero de mil ochocientos cincuenta y seis. Ante mi el notario y testigos pareció la Sra. Da. Dolores de Bacardí por nupcias de Casanovas natural y vecina de esta ciudad, viuda de D. Matías Casanovas la qual dijo: que espontáneamente otorga que da todo su poder cumplido, amplio y tan bastante cual en derecho re requiera y sea menester a D. Narciso Vidal y Camderros procurador del numero y colegio de esta ciudad y vecino de la misma presente: paraque por la Sra. Otorgante en su nombre representación, voz y derecho pueda previo el juicio conciliatorio en los casos y términos prevenidos por la ley y que se le faculta celebrar en la forma competente acudir ante todas audiencias, juzgados de primera instancia y demás tribunales y superiores eclesiásticos y seglares, militares y ordinarios y en ellos instar, seguir y terminar, cualquiera instancias, pelitos y causas civiles y criminales, activas y pasivas, principales y de apelación movidas y movederas con su acostumbrado curso, facultad de jurar de calumnia, prestar cauciones juratorias, exponer reclamos, instar ejecuciones, venta y remate de bienes, poner embargos y soltarlos, presentar requerimientos, protestas, pedimentos y demás escritos, a los contrarios contestar, ministrar testigos y otras pruebas aceptar notificaciones, citaciones y emplazamientos y practicar cuanto acerca dichas causas y su curso se requiera según estilo de los tribunales donde hubieren de seguirse, sin limitación, facultad de substituir y los substitutos revocar; promete estar a juicio, pagar lo sentenciado y tener por valido cuanto por dicho procurador y sus tal vez sustitutos fuere obrado sin revocarlo bajo obligación de sus bienes. En cuio testimonio así lo otorga y conocida de mi el notario firma; siendo testigos D. José Puig y D. Cristóbal Romeo vecinos de esta ciudad.
María Dolores de Casanovas, Ante mi José Torrent y Juliá notario.