Saga Bacardí
07077
ESCRITURA DE PODERES HACIA LLEDÓ EN MADRID, POR MIGUEL DE GIRONA Y RIGALT.


Miquel Girona y Rigalt vezino de Barcelona de mi libre alvedrio otorgo, y conosco que doy todo mi poder cumpliro tan bastante como de derecho se requiere, y es necesario a D. Agustin Lledó residente en la villa y Corte de Madrid ausente assí bien como si fuere presente. Paraque por mi, y en mi nombre, y representando mi persona, pida, reciba, y cobre de las personas que convenga, qualesquier cantidades de dinero, y mercancías que se me estén deviendo, y deveran en adelante por qualquier títulos, causas, y razones, y de lo que recibiere, y cobrare de, y otorgue recibos, cartas de pago, finiquitos, cessione,s lastos, y las demás escrituras convenientes con renunciación de leyes, o fee de entrega. Y si sobre lo expresado, o parte se ofreciere parecer en juicio lo haga ante qualesquier Señores juezes, tribunales, y audiencias ecclesiasticas, y seglares, y las presentaciones, pedimientos, requerimientos, citaciones, protestas, embargos, desembargos, execuciones, apremios, prisiones, pregones, ventas, trances y remates contradicciones, recusaciones, juramentos, conclusiones, apartamientos, consentimientos, apelaciones, suplicas, y demás autos, y diligencias, que judicial, y extrajudicialmente convengan, que para todo doy amplio poder a dicho D. Agustin Lledó, y le confiero la misma facultad que en mi reside, paraqué en todo disponga a su arbitrio. Y con clausula de que le pueda substituir en todo, o en parte, en una, o mas personas, o procuradores, revocar substitutos, con causa, o sin ella, y nombrar otros quando este en su fuerza, y con todas incidencias, y dependencias, annecidades, y connecidades, libre, franca, y general administración, y relevación. Y me obligo en forma devida de derecho a haver por firme, estable y valedero quanto en virtud del presente se executare. En cuio testimonio assí lo otorgo en la ciudad de Barcelona a veinte y nueve días del mes de Julio del año del nacimiento del Señor de mil setecientos cinquenta y siete. Siendo presentes por testigos Joan Prats y Cabrer, y Ramon Arques escribientes residentes en esta ciudad.
Miguel Girona y Rigalt, Ante mi Sebastian Prats notario, que doy fee conosco al otorgante.