Saga Bacardí
07190
ESCRITURA DE RECONOCIMIENTO DE PAGO DE LETRAS POR GENER, HACIA FRANCISCO OLLER.


Francisco Oller vecino y del comercio de Barcelona en el nombre social de “Oller & Ros” otorga y reconoce al señor Armengol Gener vecino y del comercio de la misma ciudad, ansente, assí bien como si fuere presente. Que en dinero de contado realmente y de hecho, en presencia del notario infrascrito, y de los testigos abajo nombrados por mano de tercera persona, me ha dado, y pagado tres mil reales de plata vieja por el importe de una segunda letra de cambio de igual cantidad, pagadera en Barcelona, dada en Roma en veinte de Diciembre mil setecientos cinquanta y nueve por los Señores Joan Jacinto y Silvestre de Zelada a la orden del Señor Marqués Geronimo Belloni, y a cargo de D. Guillermo Bonet Secretario del Illustrissimo Señor Obispo de Mallorca, y en la misma segunda letra se previene, que la primera para la acetación se hallará en casa de dicho Señor Armengol Gener. Cuya dicha letra fue endozada por dicho Señor Marqués Geronimo Belloni a la orden de dichos Señores Francisco Maria y Alexandro Belloni de Genova, por estes a la orden del Señor Delisle mayor por este a la orden del Señor Joan Agustin Gautier, por este a la orden de los Señores Serra & Andreu, y por estos a la orden de mi compañía. Y haviendo hecho acudir en casa de dicho Señor Armengol Gener, paraque entregase la dicha primera letra, a efectode poder saber adonde havia de acudir para el cobro de ella, ha respondido dicho Señor Gener, que no podia entregarla por no haverla recibido de Mallorca, en donde la remitió para conseguir la acetación, y domicilio, pero que en su defecto estará prompto en pagarla por honor de la firma de dichos Señores Francisco Maria y Alexandro Belloni una de las endozadores en dicha segunda, en cuia cista fue protestada por falta de pagamento,s egon parece del requirimiento, y protesto, que passó ante el notario abajo firmado el dia presente. La qual cantidad me paga dicho Señor Armengol Gener por honor d ella firma de dichos Señores Francisco Maria y Alexandro Belloni de Genova, unos de los endozadores en dicha segunda, de que le otorgo tan bastante carta de pago, como a su derecho convenga, y poder, cession, y lasto en forma, paraque pueda pedir, recibir, y cobrar de dichos Señores Francisco Maria y Alexandro Belloni de Genova, y de otra qualesquier obligados al pago de dicha cantidad, los referidos tres mil reales de plata, com mas todos los cambios, recambios, encomiendas, costas, gastos, daños, menoscabos, e interesses causados, y que se causaren, y para uasr de qualquier derecho, que conforme a uso y estilo mercantil en este caso me competa, pongo, y subrogo a dicho Señor Armengol Gener en mi mismo lugar y derecho, y le hago y constituyo procurador, y actor como en su fecho, y causa propria, com libre, franca, y general administracion, sin que sea visto quedar, como no quedo obligado a eviccion, no saneamiento alguno. En cuio testimonio así lo otorgo en la ciudad de Barcelona a veinte y dos dias del mes de Marzo año del Nacimiento del Señor de mil setecientos y sessenta, siendo presentes por testigos Isidro Fradera tirador de oro y Jacinto Planas mancebo mantero, vecinos de esta ciudad.
Oller y Ros, Ante mi Sebastián Prats notario.