Saga Bacardí
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ESCRITURA DE TOMA DE POSESION EN CASTELLET DEL MAS LA PORXADA, POR MATIAS DE CASANOVAS, EN NOMBRE DE SU CUÑADA ANTONIA DE BACARDÍ Y CUYÁS.


En el termino y lugar de San Pedro de Castellet corregimiento de Villafranca a los seis dias del mes de Octubre del año mil ochocientos treinta. El Noble Señor D. Matias de Casanovas en la ciudad de Barcelona domiciliado. En calidad de procurador para las infras y otras cosas especialmente constituido por los Señores D. Amadeo de Mora Teniente Coronel del Real Cuerpo de Artilleria y Da. Antonia de Mora y de Bacardí consortes, según que de su poder consta con escritura pasada ante el infro escivano a veinte y nueve de Enero de mil ochocientos veinte y siete. Por quanto con otra escritura que también pasó ante el que la presente aotoriza a los trece de Octubre mil ochocientos veinte y nueve D. José Soler y Rigualt del comercio de la villa de Villanueva y Geltrú confesó deber a la dicha Señora Da. Antonia de Mora y de Bacardí la cantidad de nueve mi doscientas ochenta libras catalanas las que prometió devolcerle de aquel mismo dia a medio año, en moneda de oro y plata, obligando a su cumplimiento todos sus bienes y derechos. Y en el caso de no haberle pagado dentro el expresado termino la indicada cantidad le vendió al quitar toda aquella casa y heredad llamada “La Porxada” con sus edificios, lagar, cubo, corral, prensa, y las veinte y quatro o mas cubas que se hallan allí existentes, tierras campas, de viña, y de bosque agregadas a la misma por precio de las mismas nueve mil doscienas ochenta libras catlanas en metalico, prometiendo el nombrado D. José Soler y Rigual entregarle pocesión de las cosas vendidas, con facultad que confirió a dicha Señora Da. Antonia de Mora paraque se la pudiese tomar y retener con clausula de constituto y precario. Por tanto el mencionado Señor D. Matias de Casanobas en la repetida calidad de procurador, constituido personalmente junto con mi dicho notario el citado D. José Soler y con los testigos bajo nombrados en la dicha casa heredad y en uso de la indicada facultad, el mismo D. José Soler introdujo dentro de la casa de dicha heredad al pripio Señor de Casanobas, quien quedandose dentro cerró la dicha puerta abiendola inmediatamente sin contradicción alguna en señal de la verdaderal, real, y actual pocesión, protestando que intentaba poseer la expresada casa con todos sus derchos y pertenencias a nombre de la referida Da. Antonia de Mora su principal, Real y civilmente.
Acto continuo, acompañado de los mismos D. José Rigualt, escrivano y testigos se paseo por una grande extension de terreno parte campa parte de viá y parte bosque que forma dicha heredad en cuyo centro se halla edificada dicha casa y tomó pocesión de ella en la manera siguiente. Que habiendo cogido tierra e yerbas de dicha gran pocrión de terreno caminando por ella las esparció por los quatro vientos en señal de la verdadera, real y actual pocesión o quasi también sin contradicción de persona alguna. Protestando que intentaba a nombre de la propia su principal poceer la referida tierra con todos sus derchos y pertenencias, real, y civilmente. Por lo que inmediatamente hizo notificar por mi el infrascrito escrivano esta pocesión a Pedro Martir Soler labrador y coono de dicha heredad para que durante dicha venta al quitar tubiese por dueña y pocessira de la citada casa heredad, y tierras a la expressada Señora Da. Antonia de Mora, y le pagase los alquileres y entregase los frutos de ella así como antes debia entregarlos al mencionado D. José Soler. Y el dicho Pedro Matir Solé respondió que se lo daba por intimado y que pagaria conforme se le expresaba, como y también que tendria a disposiciónd e la citada Señora Da. Antonia de Mora las veinte y quatro o mas cubas con aros de hierro que se hallan allí existentes. De las quales cosas el referido Señor D. Matias de Casanobas requirió a mi dicho notario que formase el presente auto, que fue hecho en el citado lugar y termini de San Pedro de Castellet en los expresados dia, mes y año. Siendo testigos el citado Pedro Martir Solé y Simòn Aerquimbau calerero en Barcelona residente. Y dicho Señor requirente conocido de mi el infro escrivano lo firma de su mano.
Matias de Casanovas en dicho nombre, Ante mi Eudaldo Rovira y Elias escivano.