Saga Bacardí
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ESCRITURA DE CARGAS DE DEMESTRE, HACIA RAMON DE BACARDÍ Y CUYÁS.


En la ciudad de Barcelona a los veinte dias del mes de Julio del año mil ochocientos treinta y ocho. D. Joaquin Cerdá vecino de esta ciudad en calidad de apoderado para las infras y otras cosas, legitimamente constituido por el Señor D. Ramon de Bacardí hacendado vecino de esta ciudad. Según de su poder parece con escritura recibida ante D. Joan Manuel Martinez notario publico y real de la ciudad de Cádiz, a los veinte y uno de Abril del año mil ochocientos treinta y seis, que de haberlo visto y leido el infro escrivano da fe. En dicho nombre espontaneamente firma por razón de dominio.
Primo: La escritura de establecimiento perpetuo otorgado por los consortes José y Francisco Mestres a favor de Da. Magina Demestres viuda de D. José Lapeyra de una casa con tres puertas esteriores situada parte en la calle llamada den Fondet y posteriormente de la Fonda, frente San Sebastián y parte en los arcos llamados hoy de los Encantes designada en dicha escritura de establecimiento, recibida ante el notario D. Constantino Gibert a veinte y ocho de Marzo proximo pasado.
Segundo: La escritura a favor de dicha Da. Magina de un censo de pensión anual doscientas setenta libras impuesto con el sobre calendado establecimiento. Cuya venta y absolución fué otorgada entre el mismo escribano Gibert a once Abril del corriente año. Y dicha casa se compone de dos distintas designas de las que en cuanto a la primera de ellas se tiene por dicho D. Ramon de Becardí y bajo su dominio mediano al censo de ciento y veinte libras catalanas anualmente pagaderas por mitad en primero de Enero y primero de Junio conforme se espresa en las sobre calendadas escrituras. Salvos a dicho Señor de Becardí los censos, laudemios, y demas derechos tal vez adeudados y no satisfechos. Y declara el otorgante en dicho nombre haber recibido de Da. Magina de Mestres pagando por los memorados consortes José Francisco mestres la cantidad de doce libras quince sueldos siete dineros por el laudemio debido al principal del otogante por razón de dichas ventas y establecimiento, hecha gracia de lo demas. Y así lo otorga y firma conocido del infro escrivano. Siendo presentes por testigos D. Agustin Obiols D. José Puig practicantes de notaria, vecinos de esta ciudad.
Joaquin Cerdá en dicho nombre, Ante mi José Antonio Jaumar y Carreras notario.