Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PAGO DE PENSIONES ATRASADAS HACIA LOS ADMINISTRADORES DE SAN SEVERO, POR RAMON DE BACARDÍ Y CUYÁS.


Los Rndos. D. Domingo Monros Dr. D. Francisco Noves y D. Juan Maria Colomer Pbros. Beneficiados de la Santa Iglesia de esta ciudad. En la calidad de administradores actuales que son de la Insigne Capilla y Colegio de San Severo de la misma, quie de ser tales y estar en posesión de su empleo el notario de dicho Colegio suscrito da fe con el presente. En dicho nombre. De su libre y espontanea voluntad confiesan y reconocen a D. Ramon de Bacardí hacendado, vecino de la misma, pagando por Da. Adriana Doz de Aubert consorte de D. Ambrosio Doz, y con animo de recuperar de ella. Que en efectivo metalico de oro y plata en presencia del notario infro y de los testigos de esta instrumento les ha dado y satisfecho la cantidad de setecientas veinte libras diez y nueve sueldos moneda catalana las cuales junto con veinte y cuatro libras tres sueldos y cuatro dineros que le han sido rebajadas por el diez y siete por ciento de contribuciones correspondientes a los años que se citarán son y les sirven en pago y satisfacción de cinco pensiones vencidas en los años mil ochocientos cuarenta y dos, mil ochocientos cuarenta y tres, mil ochocientos cuarenta y cuatro, mil ochocientos cuarenta y cinco y mil ochocientos cuarenta y seis y prorratas de los mismos hasta ocho Octubre de dicho ultimo año de los cinco censales el uno de pensión en veinte y tres de Abril, sesenta y una libras cinco sueldos y cinco dineros, el otro de pensión en veinte y uno Mayo veinte y una libras, el otro de pensión en siete de Julio treinta libras, el otro de pensión en ocho Octubre veinte y una libras y el otro de pensión en veinte y conco Noviembre seis libras catorce sueldos y diez dineros que todos los años dibian prestar dicha Da. Adriana Doz de Aubert como a sucesora de D. Francisco de Serrat bajo especial hipoteca de una casa sita en la calle del Laudel y Rambla de esta ciudad la que ha sido adquirida por el predicho D. Ramón de Bacardí en virtud de tres escrituras de declaración y de venta recibidas la primera ante D. José Torrent y Juliá notario de esta ciudad a los veinte y dos de Setiembre del presente año y la otra ante D. José Andreu notario de la misma en el citado dia. or lo que renunciando a la excepción de la cosa no ser así y a cualesquiera otra ley o derecho de su favor no solo otorgen a dicho D. Ramon de Bacardí todos sus derechos y acciones a fin de que pueda pedir y recuperar de la mencionada Da. Adriana o de quien en derecho represente la citada partida constituyéndole al efecto y apoderado suyo como en cosa propia En cuyo testimonio conocidos del infro escribano asñi lo otorgan y firman en la ciudad de Barcelona a doce días del mes de Octubre del año mil ochocientos cuarenta y seis. Siendo presentes por testigos D. Mariano Riera y D. Narciso Gifre y de Bahí vecinos de la misma.
Domingo Monrós administrador, Francisco Naves, administrador, Juan Maria Colomer, administrador, Ante mi Jaime Rigalt y Alberch notario.