Saga Bacardí
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PODERES GENERALES HACIA LOS HERMANOS LAZARO Y ELIAS MAS EN LA CIUDAD DE SOLSONA, POR RAMON DE BACARDÍ Y CUYÁS
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El Noble Sr. D. Ramon de Bacardí propietario vecino de esta ciudad, espontaneamente otorga que da todo su poder cumplido, pamplio y tan bastante cual en derecho se requiere y sea necesario a los Sres. D. Lazaro y D. Elias Mas y Ceriola Pbres. Causidicos de la ciudad de Solsona aunaque ausentes a este acto bien como si fuesen presentes juntos y asolas de modo que lo principiado por el uno pueda continuarse y finalizarse por el otro: Paraque por el S. otorgante en su nombre representacion y derecho puedan y el otro de ellos pueda comparecer en el tribunal de cualquier S. Alcalde Constitucional y sus tenientes y demas autoridades para celebrar juicios de conciliacion, verbales y de avenencia acompañados de un hombre bueno allanandose a las providencias favorables y separarse de las contrarias, elegir arbitros y pedir los testimonios oportunos conforme a los dispuesto por la ley. Acudiendo ante todas audiencias juzgados de primera instancia y demas tribunales y superiores eclesiasticos y segleres militares y ordinarios, y en ellos instar, seguir y terminar cualesquiera instancias, pleitos y causas civiles y criminales activas y pasivas, principales y de apelacion movidas y movederas, con su acostumbrado curso, facultad de jurar de calumnia, prestar cauciones juratorias y de fiadoria, clamos y reclamos esponer ejecuciones, venta y remate de bienes instar, poner embargos y soltarlos siempre que le pareciere, presentar requirimentos, protestar pedimentos y demas escritos, a los que en contrario se presentaren contestar y practicar cuanto acerca dichas causas y su curso se requiera según estilo de los tribunales donde hubiere de seguirse, sin limitacion alguna; facultad de substituir revocar los substitutos y otros de nuevo nombrar. Prometiendo el S. otorgante estar a juicio pagar lo sentenciado y tener por valido cuanto por dichos procuradores juntos y asolas y sus substitutos fuere obrado sin revocarlo bajo obligacion de sus bienes y derechos en devida forma y renuncias competentes. Que conocido del infro notario lo firma en la ciudad de barcelona a los quinca dias del mes de Enero año del nacimiento del Señor de mil ochocientos cuarenta y ocho. Siendo testigos D. Cristobal Romeu y D. José Sayrols y Monter vacino de esta ciudad.
Ramon de Bacardí, Ante mi José Torrent y Juliá notario.