Saga Bacardí
07758
PAGO DE LAUDEMIO DE JOAQUINA MONTROS POR COMPRA A CARO Y COLL, A FAVOR DE RAMON DE BACARDÍ Y CUYÁS
.

Sepase: Que el Sr. D. Ramon e Bacardí hacendado natural y vecino de esta ciudad, espontáneamente firma por razon de dominio en cuanto a su interes la escritura de venta otorgada por D. Juan Nogues a favor de José Caro José Coll recibida en poder del infro notario a primero Abril de mil ochocientos cuarenta y ocho: de una porcion de terreno formando el total e tres mil cuatrocientos noventa y un palmos superficiales poco mas o menos que es parte de otra que comprende siete solares que dicho vendedor poseia entre las calles de la Sandra y travesia de estaq ala otra que pasa desde la de S. Antonio a la Riera Alta den Prim.
Se tiene el mismo terreno junto con el restante hasta los siete solares en dominio mediano del Sor. otorgante con privación de imponer otro al censo de diez mil ochocientos quince reales diez y seis maravedies vellon, anual pagadero por mitad en ultimo de Junio y ultimo Diciembre.
De cuio censo los compradores Caro y Coll por la adquisición de las referidas tres mil cuatrocientos noventa y un palmos se obligan junto y a solas a satisfacer al Sr. de Bacardí y a sus sucesores la cantidad de mil doscientos cincuenta y siete reales por mitad en los dos citados plazos: debiendo no obstante la totalidad del referido censo queda salva tanto sobre este terreno y la casa en el construida como sobre el restante de que forma parte como asi consta explicado y es de ver de la calendada venta. Salvos los censos, laudemios y demas derechos dominicales tal vez adeudados y no satisfechos. Confiesa recivir de Da. Joaquina Montrós de Gafas tres libras quince sueldos moneda catalana en razon de dicho traspaso, hecha gracia de su maior importe; cediendo dicho Sr. de Bacardí todos sus derechos y acciones a la referida Sra. de Gafas para recobrar de José Caro y José Coll el importe de este laudemio, de cuios derechos y acciones cedidos pueda usar en juicio y fuera de el como mejor convenga. En cuio testimonio asi lo otorga conocido de mi el notario lo firma en la ciudad de Barcelona a los once dias del mes de Agosto del año mil ochocientos cincuenta y uno: Siendo testigos D. Jayme Arnan abogado del Ilustre Colegio y D. José Sayrols y Monter pasante en notaria, vecinos de esta ciudad.
Ramon de Bacardí, Ante mi José Torrent y Juliá notario.