Saga Bacardí
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RECONOCIMIENTO DE CENSO POR VENTA ENTRE COLOMER Y QUINTANA A FAVOR DE RAMON DE BACARDÍ Y CUYÁS
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Sepasew: Que D. Carlos Colomer y Santaló del comercio natural de Tortellá provincia de Gerona y domiciliado de en esta ciuda de Barcelona; mediante el juramento infro: de su libre voluntad confiesa y reconoce al Sr. D. Ramon de Bacardí hacendado natural y vecino de esta ciudad, aunque ausente a este acto por el presente y estipulante al autorizante notario: Que por titulo de venta perpetua a su favor otorgada por Francisco Quintana ladrillero natural y vecino de esta misma ciudad recivida en poder de D. Juan Graset notario publico del numero y colegio de la misma tiene y posehe;
Primero toda aquella casa compuesta de bajos y un piso, junto con su huerto circuido de paredes situada en el pueblo o parroquia de Sans, y lindante por oriente con el camino que dirige a ella desde la Bordeta, por mediodia con terreno establecido a Francisco Casas, por poniente y cierzo con honores de Pedro Ventura labrador del mismo pueblo de Sans. Cuya casa y huerto se tiene por este al censo en nuda percepcion de diez libras pagaderas annualmente en el dia trece del mes de Agosto. Quien la tiene junto con mayor estension de terreno por el nombrado Sr. .D. Ramon de Bacardí y en dominio mediano del mismo al censo de dos mil reales vellon pagaderos por mitad en ultimo Junio y ultimo Diciembre de cada año. Y dicho Señor lo tiene por el Cabildo de esta Santa Iglesia Catedral a censo de una libra cinco sueldos y un par de capones que debe satisfacer el nombrado Sr. de Bacardí. Pertenece al espresado Francisco Quintana el terreno en que se halla edificada la referida casa en virtud de establecimiento a su favor otorgado por dicho Pedro Ventura; con escritura ante el infro notario a trece Agosto de mil ochocientos cuarenta y ocho, perteneciendole toda la citada casa por haberla hecho construir a sus costas conforme lo acredita la carta de pago que firmó a favor del propio Quintana el Albañil Juan Santacana ante el mismo infro notairo en quince Febrero de mil ochocientos cuarenta y nueve.
Segundo otra casa compuesta de bajos y un piso con el patio que le esta unido sita en la calle de S. Baartolomé del referido pueblo de Sans, lundante por oriente con terreno del dicho Francisco Quintana, por mediodia con honores de Pedro Ventura, por poniente con los del heredero de confianza de Josefa Brugada y por cierzo con la indicada calle dde S. Bartolomé. Se tiene en dominio mediano de dicho D. Ramon de Bacardí al censo de ciento sesenta reales vellon pagaderos todos los años en treinta y uno Diciembre por razon del terreno en que se encuentra construida la deslindada casa y el terreno inmediato a ella propio del referido Quintana. Y dicho Sr. de Bacardí la tiene junto con mayor estension de terreno por el refirido Cabildo de esta Sta. Iglesia al censo que arriba se expresa y que queda a cargo del nombrado Sor. de Bacardí. Y pertenece al nombrado Francisco Quintana la dicha casa por haberla hecho construir a sus costas segun lo testifican las cartas de pago de o obras que dicen obrar en poder de dicho Quintana, perteneciendole el terreno que aquel ocupa y otro inmediato en fuerza del establecimiento que le otorgo el citado D. Ramon de Bacardí con escritura ante el propio autorizante notario a diez y nueve Junio de mil ochocientos cincuenta. Y afirma y jura por Dios Nuestro Señor el espresado D. Carlos Colomer y Santaló que todo lo arriba dicho es verdadero en cuya virtud lo aprueba y ratifica. En cuio testimonio asi lo otorga y conocido de mi el notario asi lo firma en la ciudad de Barcelona a los veinte y nueve dias del mes de Agosto año mil ochocientos cincuenta y uno; siendo testigos D. José Maria Torrent y D. José Sayrols y Monter de esta vecindad.
Carlos Colomer, Ante mi José Torrent y Juliá notario.