Saga Bacardí
07779
POR DERECHO DE FIRMA ENTRE DE JANER Y ALABERN, RUSIÑOL Y CABRÉ HACIA RAMON DE BACARDÍ Y CUYÁS
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Sepase: Que el Sor. D. Ramon de Bacardí hacendado natural y vecino de esta ciudad, espontaneamente en cuanto a su interes aprueba el establecimiento firmado por D. Erasmo de Janer a favor de Bartolomé Alabern, Miguel Rusiñol y José Cabré vecinos de esta ciudad de un pedazo de tierra de cabida diez y seis mil ciento cuarenta y ocho palmos superficiales que es parte y de pertenencias de otro de mayor estension conocido por “huerto de Casa Erasmo” sito en esta ciudad y calle nombrada de las Tapias, vulgarmente “Hort den Ferlandina” conocido antes por “Camp dels Ciegos” y mas antiguamente por “Camp Mas Moneder”. Se tiene el todo de dicho huerto por los herederos y sucesores de D. Baltasar de Bacardí que lo es el Sor. otorgante bajo su dominio mediano al censo de docientas libras moneda catalana anualmente pagaderas en dia veinte y siete de Febrero según asi consta esplicado y mas largamente designado y lindado en dicha escritura de establecimiento recivida ante el notario de esta ciduad D. Antonio Alsina a veinte y uno mayo ultimo. Los censos, laudemios y demas derechos dominicales debidos y no pagados siempre salvos. Confesando recibir nueve sueldos por derecho de aprobacion. Asi lo firma conocido de mi el infro notario en la ciudad de Barcelona a veinte y uno Junio de mil ochoceintos cincuenta y dos, son testigos D. Cristobal Romeu y D. José Sayrols y Monter de esta vecindad.
Ramon de Bacardí, Ante mi José Torrent y Juliá notario.