Saga Bacardí
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ESCRITURA DE DOMINIO POR VENTA ENTRE CAÑAMERAS Y COLOMER, HACIA RAMON DE BACARDÍ Y CUYÁS.


Sepase. Que el Ilustre Señor D. Tomas Sivilla, Pbro. Canónigo doctoral de esta Santa Iglesia Catedral por ausencia del Ilustre Señor D. Felipe Bertran Pbro. Canónigo Cabrevador elegido por el Ilustre Cabildo de la propia Santa Iglesia. En dicho nombre en cuanto a su interés, espontaneamente firma por razón de dominio la venta perpetua otrogada por D. Carlos Colomer y Santaló vecino y del comercio de esta ciudad a favor de D. Ramon Caañeras y Monté revendedor, de tres casas compuuestas de bajos y un piso cada una de ellas situadas en el pueblo de Santa Maria de Sans en las casses de San Pedro y San Bartolomé estensamente designadas en dicha escritura de venta recibida ante D. Joaquin Negre y Casas notario publico de esta ciudad a once del corriente mes y año. Y se tienen dichas tres caas y terreno que ocupan junto con otros honores y terreno allí inmediato, por la Pabordia del mes de Abril de la predicha Santa Iglesia Catedral y bajo dominio directo y alodial de la m isma al censo d euna lbira, cinco sueldos y un par de capones que debe pagar cada año el Señor D. Ramon de Bacardí. Salvos los censos, laudemios y demas derechos dominicales debidos y no pagados en nada obstante esta firma por la cual eo por el laudemio devengado por razón de la referida venta conviesa haber recibido del Señor vendedor la cantidad de diez y siete libras doce sueldos siete dineros hecha gracia del mayor importe, de cuya cantidad se hace cargo el Ilustre Señor D. Isidro Valls Canónigo depositario del Ilustre Cabildo. En cuyo testimonio así lo otorga y firma, conocido de mi el notario infro en la ciudad de Barcelona a veinte y ocho de Junio de mil ochocientos cincuenta y dos. Siendo testigos D. Quirico Aguilar Pbro, y D. Juan Racionero y Monzon en esta residentes.= D. Tomas Sivilla.= Ante mi Francisco Jorana notario.= Concuerda esta primera copia con el oroginal que queda en mi registro corriente. Y en fe de ello requirido como notario publico del colegio de número de Barcelona y escribano del Ilustre Cabildo la signó y firmó el dia de su otorgamiento.= Sig+no.= Francisco Jordana.= D. Reg. Copia ecsamen y liquidación.= Treinta y dos reales.=
Sepase: Que el Señor D. Ramon de Bacardí, hacendado natural y vecino de esta ciudad, espontaneamente en cuanto a su interés firma por razón de dominio la venta perpetua otrogada por D. Carlos Colomer y Santaló a favor de D. Ramon Cabañeras y Monté recibida en poder de D. Joaquin Negre y Cases notario publico de esta ciudad a once de Junio ultimo. Primero de una casa compuesta de bajos un piso y huerto sita en la calle de San Pedro del pueblo de Sans, Que se tiene por el Señor otorgante junto con mayor porción de terreno en dominio mediano único y esclusivo al censo anual de dos mil reales vell´n pagadero por mitades en los dias últimos de Junio y de Diciembre. Finalmente de dos casas compuestas de bajos, un piso y patio cada una sitas en la calle de San Bartolomé del referido pueblo de Sans. Que se tienen en dominio mediano único del nombrado Señor otorgante al censo de ciento sesenta reales vellón pagadero anualmente en treinta y uno de Diciembre, los censos, laudemios, y demas derechos dominicales debidos y no satisfechos siempre salvos. Confesando recibir por el laudemio correspondiente a dicha venta la cantidad de veitne y nueve libras, doce sueldos diez dineros moneda catalana hecha especial gracia del mayor importe que correspondía atendido a los motivos que ha tomado en consideración el Señor otorgante, de cuya cantidad hace carta de pago. Así lo dice y firma, conocido de mi el notario en la ciudad a los tres dias del mes de Julio del año mil ochocientos cincuenta y dos, Siendo testigos D. Cristobal Romeu y D. José Sayrlos y Monter de esta vecindad.= Ramon de Bacardí.= Ante mi José Torrent y Juliá notario.= Concuerda esta primera copia con su original que estcrito en sello cuarto se obra en mi poder y protocolo del corriente año a que me remito. Y para que conste requirido lo signo y firmo en este medio plego de sello cuarto en la ciudad de Barcelona dia mismo de su otorgamiento en testimonio de verdad.= Sig+no.= José Torrent y Juliá notario publico del número y colegio de Barcelona.= Treinta y dos reales.
Joaquin Negre y Casas notario.