Saga Bacardí
07781
PAGO DE LAUDEMIO POR VENTA ENTRE COLOMER Y CABAÑERAS, A FAVOR DE RAMON DE BACARDÍ Y CUYÁS
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Sepase: Que el Sor. D. Ramon de Bacardí hacendado natural y vecino de esta ciudad, espontaneamente en cuanto a su interes firma por razon de dominio la venta perpetua otorgada por D. Carlos Colomer y Santaló a favor de D. Ramon Cabañeras y Monter recibida en poder de D. Joaquin Negre y Casas notario publico de esta ciudad a once de Junio ultimo. Primero de una casa compuesta de bajos un piso y huerto sita en la calle de S. Pedro del pueblo de Sans. Que se tiene por el Sor. otorgante junto con mayor porcion de terreno en dominio mediano unico y esclusivo al censo anual de dos mil reales vellon pagaderos or mitad en los dias ultimo de Junio y ultimo de Diciembre. Usualmente a dos casas compuestas de bajos, un piso y patio cada una, sitas en la calle de S. Bartolomé del referido pueblo de Sans. Que se tienen en dominio mediano unico del nombrado Sor. otorgante al censo de ciento sesenta reales vellon, pagaderos anualmente en treinta y uno de Diciembre, los censos, laudemios, y derechos dominicales debidos y no satisfechos siempre salvos. Confesando recibir por el laudemio correspondiente a dicha venta la cantidad de veinte y nueve libras doce sueldos diez dineros moneda catalana, hacha especial gracia del maior importe que correspondia atendido ha los motivos que ha tomado en consideracion el Sor. otorgante, de cuya cantidad hace carta de pago. Asi lo dice y firma. Conocido de mi el notario en la ciudad de barcelona a los tres dias del mes de Julio del año mil ochocientos cincuenta y dos: siendo testigos D. Cristobal Romeu y D. José Sayrols y Monter de esta vecindad.
Ramon de Bacardí, Ante mi José Torrent y Juliá notario.