Saga Bacardí
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ESCRITURA DE CARTA DE PAGO POR PRESTAMO DE MELCHOR DE BRUGUERA A RAMON DE BACARDÍ Y CUYÁS
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En la ciudad de Barcelona a trece Mayo de mil ochocientos cincuenta y cuatro: Ante mi el notario y testigos pareció el Sor. D. Melchor Bruguera y de Gispert hacendado natural y vecino de esta ciudad el qual dijo : que espontaneamente otorga carta de pago al Sr. D. Ramon de Bacardí tambien hacendado natural y vecino de la propia ciudad de la cantidad de cinco mil duros plata que son y le sirven en total pago y devolucion de iguales que habia prestado a D. Ramon de Bacardí y confesó este Señor deberle con escritura que firmó recibida en poder del autorizante notario a once Maio de mil ochocientos cuarenta y nueve, registrada en el libro de fincas urbanas de esta ciudad en diez y nueve de los mismos mes y año. El modo de la paga de dichos cinco mil duros es que el Sr. otorgante confiesa recibirlos del nombrado Sr. D. Ramon de Bacardí por mano del Sr. D. Alejandro de Bacardí en moneda efectiva de oro y plata corriente a presencia del notario y testigos. Y renunciando a la escepcion de la cosa no ser asi a la del dinero no contado y demas leyes que sobre la nulidad de la entrega pudiese favorecerle, no solo de dicha cantidad otorga carta de pago; sino que tambien cancela y anula las calendadas escrituras debitorias todas sus facultades y obligaciones, de manera que en lo venidero no pueda dañar al nombrado Señor de Bacardí y a los suyos ni aprovechar al señor otorgante ni a sus sucesores con imposicion de silencio perpetuo y pacto de mas no pedir. Prometiendo estas cosas tener pod validas y no revocarlas en tiempo ni por motivo alguno. En cuio testimonio asi lo otorga y conocido de mi el notario firma; siendo presentes por testigos D. José Puig y Feliciano Moyá vecinos de esta ciudad, ante los cuales he manifestado debia presentarse esta escritura dentro doce dias siguientes el la oficina de hipotecas de esta ciudad.
Melchor de Bruguera y de Gispert, Ante mi José Torrent y Juliá notario.