Saga Bacardí
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ESCRITURA DE RECONOCIMIENTO DE DOMINIO POR VENTA ENTRE LAPEYRA Y PARELLADA HACIA RAMON DE BACARDÍ Y CUYÁS
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En la ciudad de Barcelona a veinte y nueve de Abril de mil ochocientos cincuenta y seis: Ante mi el notario y testigos pareció D. José Parellada y Murgadas propietario natural y vecino de esta ciudad el qual dijo: que mediante juramento que prestará, de su libre y espontanea voluntad confiesa y en verdad reconoce al Sr. D. Ramon de Bacardí hacendado natural y vecino de esta ciudad, presente, que por titulo de venta perpetua a su favor otorgada por D. Sinecio D. Enrique, Da. Florencia, Da. Maria del Pilar, Da. Matilde Lapeyra y Demestres tiene recibida por ante el notario de esta ciudad D. Constantino Gibert a quince de Enero ultimo tiene y posehe. Toda aquella casa antes dividida en dos situada en esta ciudad parte situada en la calle nombrada den Fondet y posteriormente de la Fonda frente S. Sebastian y parte en los arcos antiguamente nombrados den Guaita, hoy dia de los Encantes en la plaza de S. Sebastian con tres puertas esteriores, la una que es la tienda que se halla debajo los arcos de los encantes frente la citada plaza, y las otras dos en la calle den Fondet siendo la una de ellas la escalerilla. Y a mas de dicha casa le vendieron el derecho que tiene de ocupar y valerse del plan terreno del arco frente del callejon den fondet, encima del cual están situadas las casas del Sor. D. Ramon de Bacardí mediante el callejon que no tiene salida llamado den Fondet; a mediodia con la plaza de S. Sebastian; a poniente parte con honores de Mateo Morato, antes los herederos de José Rosell sastre, y parte con Nicolas Paquets tambien sastre; y a cierzo parte con honores de Geronimo Prosas, antes Juan Monclús, y parte con los de Antonio Aret. Cuya casa se halla dicha escritura de venta en dos distintas designias que en cuanto a la primera es del tenor siguiente: Todas aquellas casas con dos puertas esteriores sitas en esta ciudad y calle sin salida nombrada den Fondet frente a S. Sebastian cerca los arcos antiguamente nombrados den Guaita y hoy dia de los Encantes. Se tenia conforme se tiene en el dia por el Sr. D. Ramon de Bacardí al censo de ciento veinte libras catalanas pagaderas anualmente por mitad en primero de Enero y primero de Junio impuesto con el establecimiento perpetuo que otorgó a favor de José Mestres carpintero con escritura recibida ante D. José Antonio Jaumar y Carrera notario de Barcelona a dos Enero de mil ochocientos treinta y tres. Quien lo tiene por los sucesores de Geronimo Majó y Sala al censo de una libra cuatro sueldos francos de corresponcion anualmente pagaderos por mitad en los dias de Navidad y S. Juan de Junio. Quien lo tiene por la Capellanía perpetua bajo invocacion de S. Miguel y S. Jayme fundada en el altar de S. Lorenzo en los claustros de la Santa Iglesia de esta ciudad como a sucediendo a D. Juan Bautista Gorrí y a Da. Francisca Gorrí y Planas consortes a censo de cuatro libras cuatro sueldos francos de corresponcion anualmente pagaderos por mitad en S. Juan de Junio y Navidad. Quien lo tiene por el Presbiterato segundo bajo invocacion de la Santisima Trinidad fundado en Sta. Maria del Mar y bajo su dominio y alodio a censo de cuatro marabetines de valor nueve sueldos cada uno anualmente pagadero por mitad en los dias de Nuestra Sra. de Febrero y de Nuestra Sra. de Agosto. Pertenecia esta casa junto con otra que en la citada venta se designa en el dia unidas y formando una sola a los mencionados vendedores Lapeyra tendero de paños de esta ciudad por haber muerto Da. Magina Demestre heredera de dicho D. José Lapeyra sin haber testamento ni dispuesto entre vivos de sus bienes ha favor de sus hijos conforme le dió facultad el citado su marido con el testamento que en escritos y cerrado entregó a D. Jayme Rigalt t Estrada notario de Barcelona a diez y seis Octubre de mil ochocientos treinta y cuatro y publicado por el mismo a quince y dice y ocho Marzo de mil ochocientos treinta y siete, si que tambien en fuerza del establecimiento que José Mestres y Francisco Esteve hicieron a Da. Magina Demestres viuda de D. José Lapeyra adquiriendo en calidad de heredera de los bienes de su marido y a utilidad de la citada herencia y como a tutora de sus hijos con la imposicion del censo de doscientas setenta libras catalanas en nuda percepcion y entrada de doscientas sesenta libras con escritura recibida ante el dicho notario D. Constantino Gibert a veinte y ocho Marzo de mil ochocientos treinta y ocho, cuyo censo fué luido y quitado a tenor de lo pactado en el calendado establecimiento por la citada Da. Magina Demestres y de capitulos de la misma herencia segun es de ver de la escritura de venta y absolucion que hicieron a su favor los consortes Mestres ante el mismo notario Gibert a once Abril de aquel año, ambos registrados en hipotecas y firmadas por razon de dominio. Todas las quales afirma D. José Parellada ser verdaderas mediante juramento que en la forma de derecho presta para su validad y firmeza. En cuyo testimonio asi lo otorga y conocido de mi el notario firma: Siendo testigos D. José Puig y D. Feliciano Moya vecinos de esta ciduad.
José Parellada, Ante mi José Torrent y Juliá notario.