Saga Bacardí
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ESCRITURA DE ARRIENDO DE TIERRAS DEL SECUESTRO DE LLOVET A BATALLER POR RAMON DE BACARDÍ Y CUYÁS
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En la ciudad de Barcelona a siete Maio de mil ochocientos sesenta y dos: Sepase que ante mi el notario y testigos compareció el Sor. D. Ramon de Bacardí, hacendado, natural y vecino de esta ciudad, el qual dijo: Que como a secuestrador de los bienes pertenecientes a D. Joaquin Llovet, considerando lo gravoso sería para el secuestro el tener que alquilar casa, lagares, prensas y adquirir los toneles necesarios para la recoleccion de las partes de ubas y aceites que pertenecen a dicho secuestro en los terminos de Olesa de Montserrat y Bacarisas que se recolectan de diferentes parceros; y vista la proposicion le ha hecho D. Francisco Bataller t Formosa, natural y vecino del mismo Olesa, ha convenido en arrendarle por el termino del presente año mil ochocientos sesenta y dos, todas las partes de frutos y censos que deban percibirse con los siguientes pactos.
Primero: El precio de este arriendo será de veinte y cuatro onzas o sean trescientos ochenta y cuatro duros en buena moneda de oro y plata, cuya cantidad se satisfará en dos pagas, la primera que será de doce onzas de oro el el dia de hoy, la cuales recibe en este acto D. Ramon de Bacardí del nombrado D. Francisco Bataller en moneda de oro y plata corriente a presencia del notario y testigos, de cuyas le hace carta de pago, y la segunda de igual cantidad para el dia diez y seis de Enero de mil ochocientos sesenta y tres.
Segundo: Finiendo este arriendo en treinta y uno de Diciembre del presente año, si en dicho dia no setubiere recogida toda la cosecha de los olivos, se le concede el tiempo indispensable para poder recaudarla.
Tercero: Comprende este contrato todas las partes de frutos de la vendimia, olivos, pencionesen dinero, hiermos, censos de capones y gallinas que de la heredad llamada Puigventós segun las condiciones tienen concedidas los enfiteutas o parceros.
Cuarto: Corre a cargo del arrendatario Bataller procurar no se deteriore el bosque y el pago de veinte y cuatro duros correspondientes al guardabosque por el presente año, como tambien satisfacer la contribucion tanto de Olesa como de Bacarisas sin deduccion ninguna del pago de las veinte y cuatro onzas del arriendo.
Quinto: Tambien van comprendidos en este arriendo las partes de frutos se perciven en las piezas llamadas Las Planas, Coll de S. Juan, Las Ribas Blabas y la Fon, segun las condiciones que respectivamente tienen sus parceros y todos los censos que se cobran de las calles del Beato Oriol, Clota, Riera y parte de la Iglesia, que contiene toda una isla, entendiendose que el arrendatario solo percibirá la pension correspondiente del presente año y no los atrasos que tienen alguno los que quedan a favor del secuestro, en terminos que si cobra alguno s los abonará al secuestrados.
Finalmente se concede al arrendatario la facultad de compeler en justicia a cualquiera que no satisfaciere las partes de frutos, penciones y censos corresponden al secuestro. Promete el Sor. D. Ramon de Bacardí tener este arriendo por firme y valido bajo obligacion de los bienes de dicho secuestro, no de los propios por tratar asunto ageno con las renuncias de competentes. Cuio arriendo acepta el nombrado D. Francisco Bataller con promesa de pagar el segundo plazo del precio estipulado, en moneda de oro y plata precisamente, escluida calderilla y toda clase de papel moneda y cumplir todos los demas pactos , bajo obligacion de todos sus bienes muebles y raices presentes y venideros, derechos y acciones , con renuncia a cualquier ley y derecho de su favor, sugetandose a cualquier tribunal civil donde fuere reconvenido por la via ejecutiva como sentencia definitiva pasada en juzgado y cosentida. Queda enterado de su presentacion dentro cuarenta dias en las hipotecas de Tarrasa, para su validez. En cuio testimonio asi lo otorgan y conocidos de mi el notario firman; siendo testigos D. Domingo Garriga Robert y D. Feliciano Moya vecinos de esta ciudad.
Ramon de Bacardí, Francisco Bataller, Ante mi José Torrent y Juliá notario.