Saga Bacardí
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ESCRITURA DE LAUDEMIO POR VENTA ENTRE CALBETÓ Y PERDIGÓ, A FAVOR DE RAMON DE BACARDÍ Y CUYÁS
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En la ciudad de Barcelona a los diez y ocho de Diciembre de mil ochocientos sesenta y dos. Ante mi José Torrent y Juliá notario del Colegio de esta ciudad, vecino de ella y testigos en la resolucion nombraderos compareció el Señor Don Ramon de Bacardí, hacendado, natural y vecino de esta ciudad el cual dijo: Que espontaneamente en cuanto a su interés firma por razon de dominio la escritura de venta perpetua otorgada por Don José Calbetó latonero a favor de Don Francisco Perdigó y Brusi cerragero vecino de esta ciudad. De toda aquella porcion de terreno circuido de paredes que con el espacio que estas ocupan contiene treinta palmos de ancho y ochenta y cuatro de longitud o fondo formando un total de dos mil quinientos veinte palmos superficiales, sito en la calle de San Erasmo de esta ciudad que es parte de otra porcion de terreno que da tambien a la calle de Ferlandina de treinta palmos de latitud y ciento sesenta y siete con seis decenos de longitud que forma un total de cinco mil veinte y cinco palmos superficiales procedentes del huerto nombrado por el de “Casa Erasme”. Que se tiene de otra porcion de terreno junto con el sobre espresado huerto llamado vulgarmente “Hort den Ferlandina” en dominio mediano del Señor otorgante como a sucesor de Don Baltasr de Bacardí a censo de doscientas libras moneda catalana pagaderas en el dia veinte y siete ded Febrero de cada año según asi consta esplicado en dicha escritura de venta recibida en poder del notario de esta ciudad Don Manuel de Larratea a dos Julio de mil ochocientos sesenta y dos. Los censos, laudemios y demas derechos dominicales tal vez debidos y no satisfechos siempre salvos. Y confiesa recibir el Señor otorgante del comprador por el laudemio correspondiente a dicho traspaso la cantidad de ciento sesenta reales vellon de cuyas hace arta de pago, haciendo gracia de la mitad que le correspondia de dicho laudemio. En cuyo testimonio asi lo otorga siendo presentes por testigos Don Domingo Garriga cursante de jurisprudencia y Don Fliciano Moya estanquero, vecino de esta ciudad, a quienes y al Señor otorgante he leido esta escritura integramente por haberlo asi elegido, despues de haberles advertido que tienen el derecho de leerlo por si de que doy fe. Y el Señor otorgante cuya persona, profesion y vecindad doy fe conocer yo el infrascrito notario firma con dichos testigos instrumentales.
Ramon de Bacardí, José Torrent y Juliá.