Saga Bacardí
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ESCRITURA DE LAUDEMIO POR VENTA ENTRE VIDAL Y FATJÓ, HACIA RAMON DE BACARDÍ Y CUYÁS
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En la ciudad de Barcelona a veinte y uno Diciembre de mil ochocientos sesenta y dos: Ante mi José Torrent y Juliá notario del Colegio de esta ciudad, vecino de ella y testigos en la conclusión nombraderos copareció el Señor D. Ramon de Bacardí, hacendado, natural y vecino de esta ciudad, el cual dijo: Que espontáneamente en cuanto a su interés firma por razon de dominio la escritura de venta y absolución hecha por Don Nicolás Vidal vecino de esta ciudad a favor de Don Estevan Fatjó y Plantada vecino de Sardañola, de un censo de pensión setenta y dos reales vellon que anualmente en siete Setiembre le debia prestar, a saber en cuanto a cuarenta y ocho reales por razon de una casa de dos cuerpos o solares con una pequeña alida al detrás de ella unida, de extensión todo junto cincuenta palmos de ancho y ciento cincuenta de largo, cuyo terreno es parte y de pertenencias de una pieza de tierra de extensión dos mojadas poco mas o menos situada en el termino de esta ciudad y en el lugar llamado vulgarmente “Magoria” alias “Lo Carné” cerca la Cruz Cubierta; y los restantesveinte y cuatro reales or razon de otra casa de un cuerpo o solar de veinte y cinco palmos de ancho y ciento cincuenta de largo, contigua y unida a la anterior de pertenencia tambien a dicha pieza de tierra de dos mojadas, la cual en su totalidad linda a oriente y norte con los sucesores de Don Juan de Ponsich; a mediodia parte con Mariano Rosés parte con dichos sucesores de Ponsich; y a poniente parte con la Sociedad titulada España Industrial y parte con Francisco Cruells tejedor. Se tiene las referidas dos casas junto con lo restante de dicha pieza de dos mojadas en que estan edificadas por el Señor otorgante y bajo su dominio mediano al censo de cincuanta duros francos de corresponcion y contribución pagadero anualmente en siete Setiembre, cuyo censo fue impuesto por dicho Señor de Bacardí en el establecimiento que de dichas dos mojadas hizo a favor de Juan Janer albañil ante el notario de esta ciudad Don Baudilio de Xamman a siete Setiembre de mil ochocientos cuarenta y siete, como todo mas largamente consta explicado y es de ver en dicha escritura de venta y absolución recibida en poder de Don Luis Gonzaga Gurri notario publico del colegio del territorio de esta Audiencia a veinte de Noviembre ultimo. Los censos, laudemios y demas derechos dominicales al Señor otorgante tal vez debidos y no satisfechos siempre salvos. Y confiesa el propio Señor otorgante recibir en este acto del comprador la cantidad de seis libras ocho dineros moneda catalana por el laudemio correspondiente a dicha venta y absolución, las que recibe en este acto haciendo carta e pago y gracia especial de otra igual cantidad que le correspondia por el total de dicho laudemio. En cuio testimonio asi lo otorga; siendo presentes por testigos D. Mariano Garriga cursante en jurisprudencia y Don Feliciano Moya estanquero, vecinos de esta ciudad, a quienes y al Señor otorgante he leido esta escritura integramente por haberlo asi elegido después de haberles advertido que tienen el derecho de leerla por si de que doy fe. Y el otorgante cuya persona, profesión y vecindad doy fe conocer firma con los testigos instrumentales.
Ramon de Bacardí, José Torrent y Juliá.