Saga Bacardí
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ESCRITURA DE CARTA DE PAGO POR DEVOLUCION DE CANTIDAD A MANUELA RIUS POR BALTASAR DE BACARDÍ DE JANER
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En nla ciudad de Barcelona a los cinco del mes de Febrero de mil ochocientos sesenta y ocho: Ante mi Don Ezequiel de Cortada y Lafont actuando en el protocolo y por enfermedad de Don José Torent y Juliá notario del Colegio Territorial de esta ciudad, vecino de ella y testigos en la conclusión nombraderos, compareció Doña Manuela Rius y Puig natural de Sitjes mayor de edad consorte de Don Juan Estrada y Pujol vecino de esta ciudad, obrando con el consentimiento del mismo que de haberlo dado el autorizante notario da fe, asegurando y apareciendo tener capacidad legal para este acto y dice: Que otorga carta de pago a favor del Noble Señor Don Baltasar de Bacardí y de Janer hacendado, viudo, de edad cincuenta y tres años, vecino de esta capital en la calidad de heredero de su difunto Señor padre Don Ramon de Bacardí según testamento otorgado ante dicho notario Torrent en diez y siete Julio mil ochocientos sesenta y cinco, de la cantidad de dos mil seiscientos duros que son cinco mil doscientos escudos, de los cuales confiesa y reconoce que recibió trescientos duros de dicho Don Ramon de Bacardí a cuyo favor firmó un recibo privado de la propia cantidad en cinco Febrero mil ochocientos sesenta y cicno; y en cuanto a los restantes dos mil trescientos duros los recibe del mismo Señor Don Baltasar de Bacardí en buena moneda a su satisfacción en presencia de mi el notario de cuya entrega doy fe y testigos instrumentales. Yo el notario he advertido a la Señora otorgante que confesado el cobro de la espresada cantidad de trescientos duros queda por razon de ello libre de responsabilidad cualesquiera finca que estuviera hipotecada. La otorgante reproduce la confesionm de cobro y añade: Que según carta de pago autorizada por el notario Don Francisco Javier Moreu en ocho de mayo de mil ochocientos cincuenta y seis, registrada al foleo cincuenta y ocho del libro catorce de cartas de pago, recibió del mencionado Señor Don Ramon de Bacardí cuatrocientos duros a cuenta de los tres mil objeto del debitorio de que luego hará mencion, por consiguiente reconoce que los dos mil seiscientos duros antes referidos son y sirven a la otorgante en total pago y cumplimiento de aquellos tres mil duros que prestó a dicho Señor Don Ramon de Bacardí mediante escritura de cinco Febrero de mil ochocientos cincuenta y cinco autorizada por el referido notario Don José Torrent y Juliá y Registrada al foleo veinte y nueve del libro cuarenta y dos de esta ciudad cuya escritura cancela y anula asi como todas sus clausulas y obligaciones y muy particularmente la hipoteca en ellos constituida consiente según se dijo en dicha escritura de debitorio en tres solares de numeros diez y seis, diez y siete y diez y ocho de la Plaza Real de esta ciudad y edificios que en ellos se contruiran en la fecha del debitorio, y se dijeron lindar a oriente con Don Pablo de Bartola y el mismo Señor Don Ramon de Bacardí; a mediodia con el propio Señor de Bacardí; a poniente con Don Juan Morera; y a norte con la Plaza Real y calle que desde la misma comunica a la de Escudillers, pero en el dia y en virtud de estar agregados los indicados edificios a otros de igual procedencia de Don Ramon de Bacardí forman una sola finca que en el inventario de los bienes dejados por el mismo que formalizó el Señor Don Baltasar de Bacardí ante dicho notario Torrent en treinta de Enero de mil ochocientos sesenta y seis se describió en los terminos siguientes. Un edificio en la Plaza del Teatro Principal, Rambla del Centro o de Capuchinos, Plaza Real y Calle de Zurbano señalado de numero treinta y tres y treinta y cinco y treinta y seis en el distrito cuarto barrio decimo cuartel primero hipotecario de oriente de extensión dos mil doscientos seis metros que lida por delante o sea por el sur con la Plaza del Teatro Principal y con la Rambla del Centro o de Capuchinos; por la espalda, o sea por el norte con la calle de Zurbano, con Don Pablo de Bartola, con Don José Quintana y con la Plaza Real; por el este, o sea por la izquierda con la Plaza del Teatro Principal, con Don Vicente Argemi y con Don Pablo Bartola; y por la derecha, o sea por el oeste con Don Juan Rialp y Doña Carmen Salvadó: cuya finca hoy dia pertenece al Señor Don Baltasar de Bacardí por titulo de herencia al principio indicado y se halla inscrita en el Registro de la Propiedad. Es de observar que en el indicado inventario ya se hizo merito de hallarse gravada la referida finca con el credito de dos mil seiscientos duros a favor de la otorgante que con esta carta de pago se extingue por lo que deja totalmente desobligada dicha finca y promete al Señor Don Baltasar de Bacardí no pedirle cosa alguna mas ni por razon de capital no por interes. Presente Don Juan Estrada y Pujol propietario mayor de edad, vecino de esta ciudad dice que ha dado su consentimiento a su consorte Doña Mnuela Rius para otorgar esta escritura, la que aprueba. Se advierte que esta escritura deberá presentarse en el Registro de la Propiedad e este partido para su inscripción sin la cual no se admitirá en los juzgados y tribunales ordinarios y especiales en los consejos y en las oficinas del Gobierno, y que el pago en ella referido no podrá oponerse ni perjudicar a tercero sino desde la fecha de su inscripción en el Registro a tenor de lo dispuesto en la ley hipotecaria su reglamento e instrucción: En cuyo testimonio asi lo otorga: Siendo presentes por testigos Don Feliciano Moya estanquero y Don Carlos Casero jornalero vecinos de esta ciudad a quienes y otorgante he leido esta escritura integramente por haberlo asi elegido después de advertidos del derecho que tienen de leerla por si de que doy fe, asi como del conocimiento, posición y profesion y vecindad de la Señora otorgante y consciente, y de que los mismos firman de propia mano.
Manuela Rius yEstreada, Juan Estrada y Pujol, Ezequiel de Cortada.